MANUAL DE CONVIVENCIA
MANUAL DE CONVIVENCIA
INSTITUCION EDUCATIVA REPUBLICA DEL LIBANO
CARTAGENA DE INDIAS D. T. Y C.
TABLA DE CONTENIDO
ACUERDO NÚMERO 021
PRESENTACION
IDENTIFICACIÓN
FUNDAMENTOS LEGALES
HIMNO DE LA INSTITUCION
ESCUDO DE LA INSTITUCION
BANDERA DE LA INSTITUCION
CAPITULO I
IDENTIDAD INSTITUCIONAL
CAPITTULO II
DEFINICIÓN, PROPÓSITO, MARCO LEGAL, ADOPCIÓN Y NECESIDADES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.
CAPITULO III
OBJETIVOS GENERAL Y ESPECIFICOS.
CAPITULO IV
POLITICAS Y ESTRATEGIAS DE CALIDAD INSTITUCIONAL
CAPITULO V
LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE INSCRIPCION, ASIGNACION DE CUPOS Y MATRÍCULAS
CAPITULO VI
DERECHOS Y DEBERES DE LOS APRENDIENTES DE LA IERLI
CAPITULO VII
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LOS
COMITES Y COMPETENCIAS
CAPITULO VIII
ACCIONES Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVAS
CAPITULO IX
UNIFORME, ESTIMULOS E INCENTIVOS DE ÉL (LAS) APRENDIENTES
CAPITULO X
DERECHO A LA DE DEFENSA DEL APRENDIENTE
CAPITULO XI
DE LA EVALUACIÓN, PROPOSITO DE LA EVALUACION, SISTEMA,
ESCALA DE VALORACION Y CRITERIOS DE PROMOCION DE LOS APRENDIENTES
DE LA REPROBACIÓN CRITERIOS DE PROMOCION
CAPITULO XII
DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO ACADÉMICO DE LOS
APRENDIENTES
CAPITULO XIII
CAPITULO XIV
GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES DE LA
IERLI
CAPITULO XV
DEL COMPORTAMIENTO DE LOS APRENDIENTES EN LOS SERVICIOS ESCOLARES
COMPORTAMIENTO EN AULAS VIRTUALES E INFORMATICA, LABORATORIO, BIBLIOTECA, SALA DE INTERNET, TIENDA O KIOSCO, RESTAURANTE ESCOLAR
CAPITULO XVI
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES
ACUERDO NÚMERO 021
(22 de Noviembre 2012)
Por medio del cual se aprueba y adopta el Manual de Convivencia.
El consejo Directivo de la Institución Educativa República del Líbano en uso de las facultades otorgadas por la ley 115 de 1994, el decreto 1860 del 03 de agosto y la ley 715 de 2001 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 73 de la ley 115 de 1994 establece que cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, el reglamento para docentes y estudiantes
Que el artículo 87 de la ley 115 de 1994 define que los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los estudiantes.
Que el artículo 14 del decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115 de 1994 establece que todo establecimiento educativo debe elaborar y poner en práctica, con la participación de la comunidad educativa, un proyecto educativo institucional que exprese la forma como se ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por la ley, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales de su medio.
Que el artículo 17 del decreto 1860 de 1994, reglamentario de la ley 115 de 1994 establece que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia.
Que el código de infancia y la adolescencia Nº 1098 de Noviembre de 2006, regula lo concerniente a los niños en las Instituciones Educativas públicas y privadas.
Que la institución educativa convocó en el año 2012 a los integrantes de los estamentos de la comunidad educativa a reuniones y talleres para el análisis y propuestas para el Manual de Convivencia institucional donde surgieron planteamientos para modificar aspectos del mismo.
Que el Manual de Convivencia permite la humanización de todos los estamentos de la comunidad IERLISTA, propiciando la sana convivencia social, pacífica, democrática, y demás valores éticos en todos los estamentos educativos.
Que el Manual de Convivencia está acorde con el Proyecto Educativo Institución, el Modelo Pedagógico siendo su enfoque inclusivo.
Que este puede ser reestructurado de acuerdo con los decretos y normas cambiantes y de las circunstancias vividas en las comunidades.
Que se hace imprescindible que todos los estamentos de la comunidad educativa conozcan sus derechos y deberes.
Que es necesario estimular y valorar el rendimiento académico y disciplinario de los miembros de la comunidad educativa.
Que es importante establecer las normas de comportamientos disciplinarias para así lograr una convivencia sana y pacífica en nuestra comunidad educativa.
Que es de suma importancia el cumplimiento del Manual de Convivencia, el cual se encuentra reglamentado en la Constitución Política de Colombia, la Ley General de Educación, la Ley de la Infancia y Adolescencia, el Decreto 1290, y demás Decretos y normas que rigen la Educación Pública.
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO. Adoptar el presente manual de convivencia para el año lectivo de 2013, el cual fue puesto en consideración del Consejo Directivo de la institución por parte de la señora rectora de la institución luego de los trámites pertinentes con los diversos actores de la comunidad educativa y estar inmerso en el Proyecto Educativo Institucional (PEI)
ARTICULO SEGUNDO. Articular el conocimiento y apropiación del manual de convivencia para los miembros de la comunidad educativa a través de estrategias de difusión en el aula, en las áreas fundamentales y optativas, en asambleas de padres de familia, consejo de padres, consejo de estudiantes y talleres de escuela de padres que realiza la institución dentro del plan operativo anual de actividades
ARTICULO TERCERO. Se determina la impresión del reglamento de Derechos, Deberes de los aprendientes y padres de familia. El reglamento de los directivos, administrativos, facilitadores y demás estamentos serán presentados a través de folletos para su socialización.
ARTICULO CUARTO. El presente manual de convivencia rige a partir del día veintiocho (28) de enero de 2013 y deroga las disposiciones contrarias al presente acuerdo.
Se expide en Cartagena a los veintidós (22) días del mes de noviembre de 2012.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
CONSEJO DIRECTIVO
PRESENTACION
La institución Educativa República del Líbano de carácter oficial y ofrece los servicios educativos en los niveles de Pre-escolar, Básica y Media Académica. Conformada por los estamentos: aprendientes, padres de familia, docentes, administrativos y directivos con la misión de formar a niños (as) y jóvenes competitivos para este siglo XXI, con capacidad crítica, creativa demostrando autonomía en su actuar y compromiso social.
Por ello Presentamos a la comunidad de la Institución Educativa REPUBLIICA DEL LIBANO el Manual de Convivencia, donde se suscriben acuerdos, pactos que nos van a permitir mejorar y fortalecer las relaciones entre cada uno de los miembros.
Este documento es fruto del trabajo compartido que posibilitó recoger inquietudes, preocupaciones, necesidades e iniciativa que a lo largo de muchos meses fueron objeto de estudio por parte de la comunidad, siempre iluminados por los principios de la democracia participativa y en donde por obvias razones, salió a relucir la necesidad de conocer cada una de las funciones y responsabilidades que recae sobre cada quién fortaleciendo así la organización, ejerciendo autonomía para influir en la dirección institucional a fin de obtener mejores resultados en los procesos de los componentes de la comunidad, pedagógico, directivo y administrativo cumpliendo la meta del DESARROLLO HUMANO Y SOCIAL de nuestros principales actores: NUESTROS APRENDIENTES.
Es de suma importancia el Manual de Convivencia porque permite una sana convivencia, define los derechos y deberes, inculca en los (as) aprendientes y comunidad educativa en general el respeto por las diferencias individuales, el sentido de pertenencia por la institución y se dan a conocer LAS ACCIONES FORMATIVAS, CONCILIACIONES, ESTIMULOS, hacia actitudes frente al no compromiso de los acuerdos y pactos negociados por todos los estamentos de la comunidad. Además es relevante el reconocimiento del procedimiento del DEBIDO PROCESO.
De acuerdo con los artículos 67 y 38 de la Constitución Política y el art.7 de la ley 115 de 1994 facilita la participación efectiva de los padres de familia en los procesos de mejoramiento educativo de la INSTITUCION
IDENTIFICACIÓN
Razón Social: Institución Educativa República del Líbano
Dirección Sede Principal: Barrio el Líbano Av. Pedro Romero calle 31 D # 54-
84
Sede Primero de Mayo: Olaya Herrera Sector Rafael Núñez Calle 33 N°52-
40
Teléfonos Sede Principal: 6699949 – 6698275 – 6698090 – 6725935
Bloque 2: 6698990
Sede Primero de Mayo: 6753861
Correo Electrónico: ierli2006@hotmail.com
Página web WWW,IERLI.CO
Ciudad: Cartagena de indias, D.T y C. Fundación 6 /2/69
Propietario: Distrito de Cartagena de Indias
Aprobación Oficial: Resolución N° 064 del 14 de Noviembre de 2000.
Carácter: Mixto
Naturaleza: Oficial
Unalde: Localidad 2 de la Virgen y Turística
Calendario: A
Jornadas: Diurna y Nocturna
Niveles: Preescolar, Básica Primaria, Secundaria y Media
Académica.
Dane: Dane N° 113001 – 001727
Nit: 800215242-1
Icfes: 076539
FUNDAMENTOS LEGALES
Son los constructos legales que fundamentan la construcción actualización y adopción del manual de convivencia de la Institución Educativa Republica del Líbano. Referenciamos a continuación lo siguientes:
Constitución Política de Colombia.
Ley 12 Declaración de los Derechos del Niño de enero 22 de 1981.
Ley 1098 de noviembre 8 de 2006.
Ley 115 de 1994, ley general de Educación.
Ley 1620 15 de marzo 2013.Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el ejercicio de los DERECHOS Y LA EDUCACION PARA LA SEXUALIDAD y la prevención y mitigación de la Violencia.
Ley 200 de agosto de 1995.Codigo Único de Docentes Directivos y Administrativos
Decreto reglamentario 1860 de agosto de 1994.
Decreto 1290 de abril 16 de 2009, Evaluación de Aprendientes.
Fallos de la Corte Constitucional en cuanto a Educación.
Manual de Convivencia.
HIMNO DE LA INSTITUCION
Letra: Comité de Convivencia
Música: Alfonso Solano Lyons
Dios! yo espero que eternamente como consigna
Lleves en tu alma este buen mensaje
Y que sea el lema de tu vida
Autonomía… Equidad… y Aprendizaje (bis)
IERLISTAS… todos somos hermanos
Y como hermanos pedimos igualdad
Respetemos los valores, Derechos Humanos
Y conviértete en buen ejemplo de la sociedad.
CORO
Y que sea el lema de tu vida
Autonomía… Equidad... y Aprendizaje (bis)
Sé un buen ciudadano con honor y dignidad
Ecologista y humanista de mil corazones
Sea un hidalgo caballero o distinguida dama
Ignoren las tentaciones y enfrenten su realidad.
CORO
Y que sea el lema de tu vida
Autonomía… Equidad... y Aprendizaje (bis)
Nuevamente…Dios!! Espero como consigna
LIeves en tu alma este buen mensaje: COGNICIÓN ES… LIBERTAD!!!!!!
Y que sea el lema de tu vida
Autonomía…Equidad….y Aprendizaje (bis)
CORO
Y que sea el lema de tu vida
Autonomía…..Equidad…..y Aprendizaje (bis
ESCUDO DE LA INSTITUCION
El Escudo: Tiene forma de corazón, fondo azul rey, bordeado por una estela de color beige, impreso en ella el lema en la parte superior: AUTONOMIA, EQUIDAD Y APRENDIZAJE .Arriba del lema aparece una cinta entrelazada de color verde el nombre de la INSTITUCION EDUCATIVA y en la parte inferior lleva dos ramas de laurel una del lado izquierdo y otra del lado derecho. En el fondo azul se encuentran tres divisiones representadas por una balanza varios libros y unas manos.
LAUREL: SÍMBOLO DE LA VICTORIA. Se es victorioso cuando se convive con la adversidad y diversidad…. cuando haces parte de un problema y lideras su solución...cuando emerge el caos, la desigualdad y no permites que te manipulen…cuando tienes la moral para cuestionar basado en pruebas y afrontar las consecuencias…cuando a pesar del hambre, el hastio, la incertidumbre y no te dejas comprar…...cuando ante todo…antepones SIEMPRE TU TEMPLANZA, VALENTÍA ÉTICA y DIGNIDAD
BALANZA: EQUIDAD EQUILIBRIO
LIBROS: APRENDIZAJE, CONOOCIMIENTO, SABERES.
MANOS: SABER HACER, COMPETENCIA, AUTONOMIA.
BANDERA DE LA INSTITUCION
La Bandera: Tiene forma rectangular, el escudo en el centro con tres colores que representan:
ROJO: Pasión, fortaleza y alegría de la comunidad, CARACTERÍSTICA CARIBEÑA a pesar de los flagelos que la azotan y el noble deseo de no sucumbir a las tentaciones aunque sí el de triunfar.
BEIGE: Significa neutralidad, serenidad y tolerancia, cualidades que posibilitan concientizar a los niños(as) y jóvenes de la relevancia de la concertación, el diálogo, para lograr la paz. y la convivencia.
AZUL: Se inspira en el mar CARIBE, mar que acaricia las playas de nuestra ciudad y el contexto de la Ciénega de la Virgen donde se ubica la INSTITUCIÓN.
Alrededor de la bandera se destaca el color verde, que representa el rescate de la naturaleza y la ecología para construir un mundo posible y sostenible.
CAPITULO I
IDENTIDAD INSTITUCIONAL
Artículo 1. La Institución Educativa Republica del Líbano es una entidad oficial, que brinda el servicio público educativo en los niveles de Pre-escolar, Básica Primaria, Secundaria y Media Académica. Organizada a través de la gestión de los componentes Pedagógicos, Directivos, Administrativos y Comunitarios en búsqueda de la calidad. Laboramos con un calendario A de enero a diciembre con un énfasis en el PEI en el desarrollo de la Autonomía reconocido por las autoridades distritales y el MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL que les permite encontrar sentido a lo que hacen, tomar sus propias decisiones, responsabilizándose de sus actos y consecuencias.
Artículo 2. La responsabilidad social para el funcionamiento de la Institución Educativa se enmarca en un proceso de gestión del direccionamiento estratégico, de la cultura Institucional, y gestión de los procesos fundamentados en una filosofía humanista y trabajo del mejoramiento continuo en búsqueda de la calidad en alianzas con Universidades, Fundaciones, ONGS y entidades estatales.
Artículo 3. La Institución Educativa República del Líbano está ubicada en la Zona Sur Oriental del Distrito de Cartagena, pertenece a la Localidad 2 de la Virgen y Turística Unidad comunera N° 5 en la dirección Barrio República del Líbano Avenida Pedro Romero calle 31 D # 54 – 84
.
Articulo 4 Basados en nuestra filosofía, se determina que el aprendiente como ser social y humanista, demuestra interés en los hechos, eventos y sucesos de su contexto, ya sea local y nacional, como también de los avances tecnológicos universales. La INSTITUCION tiene el DEBER de brindar una educación integral inclusiva con calidad a partir de sus concepciones filosóficas, pedagógicas, epistemológicas, sociológicas y psicológicas, del Modelo Pedagógico: HUMANISTA-COGNITIVO, SOCIAL; se formará al aprendiente para que sea preventivo en el cuidado de la salud física, social y mental, valore su cultura e identidad como caribe y colombiano. Que sea capaz de transformar su entorno, fortalezca su espiritualidad, su moral, siendo reflexivo con su ética, valorando y respetando las diferencias individuales, sin distingo de raza, sexo credo y demás valores que enaltece el crecimiento humano. Promulgará LA RESPONSABILIDAD,COMPROMISO Y LA TITULARIDAD DE SU PENSAMIENTO hacia el aprendizaje, el buen trato, la conservación del medio ambiente, el uso de las tics, utilizando el conocimiento como medio de transformación en el mejoramiento de su calidad de vida y la razón de su ser como excelente ciudadano.
CAPITTULO II
DEFINICIÓN, PROPÓSITO, MARCO LEGAL, ADOPCIÓN Y NECESIDADES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.
Artículo 5. DEFINICIÓN
El manual de convivencia de la IERLI: es el conjunto de ACUERDOS, de deberes, derechos, procedimientos, estímulos y demás conductas que regulan, orientan y dinamizan las relaciones personales e interpersonales de los aprendientes y demás estamentos de la comunidad educativa. Basado en el respeto mutuo y el respeto por las diferencias individuales, logrando así formar seres integrales que puedan desempeñarse de la mejor forma en la institución y en la sociedad donde se encuentren inmersos.
Reglamenta en su contenido las funciones y los procedimientos que deben aplicarse como: estímulos, acciones formativas, conciliaciones cuando un miembro o varios de la comunidad realicen actos que mejoren la convivencia escolar o en caso contrario, acciones inadecuadas. La aplicación de estas normas y procedimientos deben desarrollarse en un ambiente de justicia y armonía, en busca de un excelente clima institucional tanto en lo académico como en lo disciplinario y lo administrativo. Así mismo, contiene todas las políticas, fundamentos y directrices que enmarcan el derrotero de la institución.
Artículo 6. PROPÓSITOS:
- Construcción de acuerdos y normas para una excelente armonía y aprendizaje
- Valorar los pactos de acuerdos respetando el debido proceso y la participación de todos en los comités de conciliación y de convivencia escolar.
- Generar cultura de convivencia en nuestros aprendientes, aceptando la divergencia y la diversidad.
-Garantizar una formación en el respeto a los derechos humanos, la crítica y la libertad de pensamiento.
Este recopila las normas generales que regulan los deberes y los derechos de los aprendientes y directrices para los padres de familia o acudientes y el resto de los miembros de la comunidad educativa.
Se establecen las funciones y los procedimientos a aplicar como: estimulo, correctivos, acciones formativas o conciliaciones cuando un miembro o varios de la comunidad realicen actos que desestabilicen la convivencia escolar. La aplicación de estas normas y procedimientos deben desarrollarse en un ambiente de justicia y armonía, en busca de un excelente clima institucional tanto en lo académico como en lo disciplinario y lo administrativo.
Así mismo, contiene todas las políticas, fundamentos y directrices que enmarcan el derrotero de la institución.
ARTICULO 7. MARCO LEGAL
Este manual de convivencia está reglamentado por fundamentos y principios de la Constitución Política de Colombia, los Derechos humanos, la Ley de infancia y adolescencia, Ley 1620 marzo del 2013 con base en las facultades legales que confiere la ley general de educación o ley 115, en su artículo 87: Las instituciones educativas deben tener dentro de su Proyecto Educativo Institucional el manual de convivencia”.
La ley general de la educación en su artículo 142 determina: cada establecimiento educativo del estado tendrá un gobierno escolar.
El Decreto 1860 de 1994 Art.17 ordena la existencia en cada Institución Educativa de un Manual de Convivencia que responda a las necesidades de la comunidad educativa.
La Declaración Universal de los Derechos del niño, la Ley 1098 de 2006 o Código de la Infancia y la Adolescencia.
Y en relación con el consumo de sustancias psicotrópicas, el Decreto 1108 de 1994, en su artículo 4. El Decreto 1286 de 2005, establece las normas sobre la participación y competencia de los padres de familia en el mejoramiento de un proceso educativo de los establecimientos.
De acuerdo con los artículos 67 y 38 de la Constitución Política y el art.7 de la ley 115 de 1994 facilita la participación efectiva de los padres de familia en los procesos de mejoramiento educativo en los establecimientos de educación Preescolar, Básica y Media.
CAPITULO III
OBJETIVOS GENERAL Y ESPECIFICOS.
Artículo 8. OBJETIVO GENERAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.
Crear un clima escolar basado en el respeto por las diferencias individuales, el amor por la naturaleza, el trabajo, el perdón, la tolerancia, la solidaridad, la relación cooperativa y demás valores éticos universales que permitan la humanización de todos los estamentos de la comunidad IERLISTA, propiciando la sana convivencia social y pacífica de comunidad.
Artículo 9. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Definir deberes y derechos de los aprendientes y acudientes, al igual que los correctivos, estímulos y sanciones por el acatamiento o incumplimiento de los mismos respectivamente.
Inculcar en los (as) aprendientes y comunidad educativa en general respeto por las diferencias individuales y el sentido de pertenencia por la institución.
CAPITULO IV
POLITICAS Y ESTRATEGIAS DE CALIDAD INSTITUCIONAL
HORIZONTE INSTITUCIONAL
ARTICULO 10. MISIÓN.
Somos una institución educativa de carácter público comprometida con la sociedad cartagenera mediante la formación de ciudadanos íntegros, reflexivos, críticos y autónomos, con espíritu constructivo y respetuoso basados en la igualdad, capaces de aplicar los conocimientos en diferentes contextos; bajo una orientación de formación en valores a través de prácticas pedagógicas humanistas, que permitan su superación personal y social.
ARTICULO 11. VISIÓN.
La Institución Educativa República del Líbano al 2016 será reconocida en el Distrito de Cartagena de Indias como una institución líder en la formación académica e integral de nuestros estudiantes, generadora de procesos de transformación social y humano mediante el desarrollo de estrategias que fomenten la cultura, el civismo y con una infraestructura tecnológica mediante la implementación de las Tics para la apropiación y divulgación del conocimiento.
ARTICULO 12. FILOSOFIA DE LA INSTITUCION
La IERLI orienta su labor educativa con base en el Marco Constitucional Legal de la República de Colombia, en la Ley 115 del 1994, Decreto 1860 del 1994, Dec.1290 del 1199 y otros decretos reglamentarios en educación.
“La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social.
La IERLI., parte del aprendiente como ser social, humanista, interesado en los avances tecnológicos universales, lo ubica dentro de su contexto, local, nacional,, propiciando una educación TRANSDISCÍPLINARIA, INCLUSIVA con calidad, lo llevará a que conserve su salud, física, social y mental , a valorar su cultura regional y nacional, capaz de transformar su entorno, fortalecer su formación espiritual, su ética y moral. Respetando las diferencias individuales, sin distingo de raza, sexo, credo, y demás valores que encierra el crecimiento humano. Promulgará el amor por el estudio, el trabajo, la conservación del medio ambiente el uso de las tics, aplicando el conocimiento para el mejoramiento de su calidad de vida y la razón de su ser.
ARTICULO 13. VALORES COMUNITARIOS
Compromiso y Disciplina como ser social
Responsabilidad para el estudio, el trabajo y el manejo de las tics
Respeto a las diferencias.
Libertad y Honestidad
Tolerancia y Paciencia.
Solidaridad y Humildad
Amor y Perdón
Pertenencia
ARTICULO 14.POLITICA DE CALIDAD
La Institución Educativa República del Líbano asume ante la comunidad cartagenera a brindar una educación de calidad, mediante el desarrollo integral de nuestros estudiantes, promoviendo la formación en valores, generando espacios de aprendizajes confiables y saludables, con una infraestructura tecnológica, basada en el desarrollo de las tics, comprometidos con la satisfacción de la comunidad educativa mediante el cumplimiento del marco legal y el mejoramiento continuo de todos los procesos institucionales .
ARTICULO 15. OBJETIVOS DE CALIDAD
Fortalecer el modelo pedagógico institucional, mediante el desarrollo de las dimensiones, Humanista, Cognitivo, Social, asegurando buenos desempeños académicos y abriendo posibilidades a nuestros estudiantes de inserción al mercado laboral y social.
Formar integralmente a nuestros estudiante, mediante la aplicación de prácticas basadas en valores y en la inclusión, que permita la construcción de personas de bien y favoreciendo el mejoramiento del clima escolar
Mejorar continuamente el sistema de gestión de la calidad, mediante revisiones permanentes a todos los procesos de la Institución Educativa Republica Del Líbano.
Garantizar espacios de aprendizajes confiables, permitiendo el desarrollo tecnológico y social, a través de la disposición de recursos necesarios para ello.
Fortalecer el nivel de satisfacción de la comunidad educativa, promoviendo la participación de estos, dentro de los proyectos y actividades institucionales.
Artículo 16.LEMA: Con el lema “AUTONOMIA EQUIDAD Y APRENDIZAJE” invita a una sana y benéfica convivencia humanista social, la cual requiere de esfuerzo, participación activa y un deseo profundo de superación personal y trabajo en equipo.
APRENDIZAJE: El aprendizaje es la construcción del conocimiento, es indagar, buscar, explorador, investigar y resolver problemas.
EQUIDAD: Es un principio, que consiste en dar a cada quién lo que se merece.
AUTONOMÍA: Responsabilidad y libertad, como también la capacidad moral de construir en conjunto normas que pueden ser modificadas.
ARTICULO 17.PRINCIPIOS.
Son los fundamentos y pilares en que se sostiene la Institución para orientar su accionar y darle cumplimiento a la misión:
FORMACIÓN PARA LA VIDA
APRENDE A APRENDER a SER a COMPARTIR a crear un nuevo ARTE DE VIVIR. Se centra la educación en el aprendizaje autodirigido, el autoconcepto, autodeterminación, autonomía y autocritica, el desarrollo de habilidades cognitivas y metacognitivas.
EQUIDAD
Respetar y valorar los ritmos y estilos de aprendizaje de los aprendientes con el fin de cerrar brechas estableciendo políticas educativas para formar mejores seres humanos.
Crear marketing y cómo articularlo a los sueños para satisfacer NECESIDADES.
Desarrollar el crecimiento personal y espiritual a través del proyecto de vida.
Preocupación por el otro, ser coherente para vivir en paz.
GLOBALIZACIÓN
Se requiere para este mundo global el dominio de una segunda lengua y la alfabetización digital, la transcultura, la holística y ecología para que se dé la verdadera transformación.
La mejora continua debe convertirse en una forma de trabajo cotidiana y en equipo.
HUMANISTA
Es permitir el desarrollo evolutivo del ser, orientándolo y guiándolo cuando él lo requiera (aprendiente) basando la formación en el DEBER SER y fomentar la LIBERTAD. Que aprenda a dominar sus inclinaciones y se autorregule, fortaleciendo sus capacidades de conocerse a sí mismo para que establezca sus metas, y acepte a los demás. Valorar los procesos mas no los resultados, facilitando la autoevaluación.
INVESTIGACIÓN
La investigación consiste en producir un nuevo conocimiento, descubriendo lo que está oculto, construyendo constructos y aplicando la experimentación y la tecnología. La escuela está obligada a:
Fomentar y promover el espíritu de investigación en los aprendientes, las reflexiones conllevan a formar en la critica el raciocinio y autonomía en todas las disciplinas.
Capacidad de investigar, indagar, entendiendo y aplicando el conocimiento frente al objeto.
Predecir y analizar las causas cuando se descubre y comprende las leyes que lo fundamentan.
Domina, comprende y aplica los métodos de la investigación humanística: estudio de casos, la investigación acción, metacognición, historia oral, teoría critica, hermenéutica, etnografía e investigación en el aula.
Artículo 18 .PERFIL DEL APRENDIENTES DEL NIVEL DE PRESCOLAR - 1º- 2º Y 3º DEL CICLO BÁSICA PRIMARIA
CONOCER
Demuestra necesidades de crecimiento, de saberes cuando pregunta, es curioso y persistente en el conocimiento.
Expresa escucha hipótesis sobre su actuar al interactuar con la realidad.
Inicia su proceso de aprendizaje de la lengua escrita y el significado de los vocablos.
SER
Afianza los valores a partir de la interacción social reconociendo normas grupales.
Da relevancia a su mundo interno y a su núcleo psicoactivo.
HACER
Aplica las interrelaciones personales para obtener informaciones y códigos que le permitan desarrollar sus saberes.
Potencializa su lenguaje y comunicación cuando se enfrenta al objeto… observa, analiza, cuestiona, generando el pensamiento y los saberes.
Utiliza las habilidades mentales para construir conocimiento, actitudes y valores que le posibilita resolver los problemas de su vida diaria.
Construye producciones gráficas
Es capaz de entender la diferencia entre la fantasía y la realidad
Demuestra habilidad para manejar un vocabulario de 1500 a 2500 palabras mínimas aproximadamente.
Disfruta el tiempo libre
Es un explorador innato.
Define su personalidad y su identidad de género.
Artículo 19 .PERFIL DEL APRENDIENTE DE NIVEL DE BÁSICA DEL CICLO PRIMARIA (4º Y 5º), BÁSICA SECUNDARIA Y MEDIA
HACER
Dominio de las habilidades comunicativas (leer hablar – escribir y escuchar) expresando en su lengua materna, la comprensión, el descubrimiento y el conocimiento de la literatura colombiana y latinoamericana.
Valora la lógica matemática en su vida diaria basada en fundamentos, operaciones y procesos articulados con disciplinas que potencializan el conocimiento para mayor comprensión.
Prepara organiza y sustenta problemáticas sociales económicas y políticas con capacidad crítica y propuestas de solución.
Es consciente de su responsabilidad en el uso de los bienes institucionales y los recursos naturales interesándose por la ecología.
Reconoce que es importante la habilidad en el manejo de la tecnología y del idioma inglés.
SER
Demuestra un alto nivel cultural, caballerosidad, donaire y pudor en su vida personal y Social.
Posee dominio de su equilibrio emocional y de su vida afectiva.
Guía su vida a partir de la autonomía que le fortalece la toma de decisiones con sencillez y transparencia.
Posee cualidades de líder, defensor de los derechos humanos, respetuoso de los valores, costumbres y tradiciones.
CONOCER
Sabe la diferencia de las técnicas, herramientas, método para una mejor comprensión de la información.
Aplica sus saberes en su vida cotidiana con madurez y responsabilidad.
Demuestra liderazgo en sus eventos y actividades.
Participa de la construcción de aprendizaje con su facilitador.
Expresa sus emociones sentimientos a partir de la toma de decisiones y criticas frente a cualquier constructo que no comparte con respeto y dignidad.
Asume su responsabilidad frente a su actuar
Es caballeroso, cortés y posee buenas maneras al interrelacionar con los otros u otras.
Se interesa y aplica sus saberes en mejorar el medio ambiente.
Cultiva el pudor y el quererse así mismo(a) con autoestima e identidad.
Realiza proyectos para trasformar su entorno.
Artículo 20. PERFIL DEL FACILITADOR (A): Descubre y alienta las potencialidades de niños (as) y jóvenes.
Estimula permanentemente el aprendizaje auto formativo, autónomo y auto regulado.
Demuestra coherencia discursiva en su actuar y su pensamiento.
Mediador del aprendizaje de la cultura social e institucional.
Posee apropiación cuando aplica metodologías, estrategias y procedimientos basado en los constructos del modelo pedagógico.
Aplica los instrumentos pedagógicos con equidad.
Promueve el espíritu investigativo en los aprendientes, priorizando el aprendizaje.
Desarrolla los referentes conceptuales, psicológicos, adaptándolos a los periodos de desarrollo del aprendiente.
Reconoce las necesidades, dificultades de sus aprendientes y del entorno y crea planes de mejoramiento motivándolos a su superación individual y social.
Trabaja en equipo adaptando los procesos en los diferentes estilos de aprendizajes.
Su enseñanza es innovadora trasformadora, centrada en la caracterización de los aprendientes y no en los contenidos.
Valora la agrupación de estudiantes como estrategia para potencializar intereses y habilidades.
Reconoce la “DIVERSIDAD” como un reto profesional y no como un problema.
Promotor de las conductas pro sociales y de desarrollo moral.
Domina la tecnología aplicándola a sus procesos pedagógicos, fomentando responsabilidades en su uso.
Mediador de la cultura social e institucional
Abierto a los cambios institucionales para el mejoramiento del bien común.
Artículo 21. RELACION FACILITADOR- APRENDIENTE: Basados en los constructos de Carl Rogers, manifiesta que las actitudes y comportamientos entre aprendientes y facilitadores, surgen a partir del contexto y de las metas trazadas generándose, factores relevantes como el clima físico y el clima psicológico. La relación es positiva si:
Median los contenidos de los campos de formación el iniciar el año escolar, que posibilitan una “arquitectura mental” y no una mente llena.
El facilitador generara CONFLICTO COGNITIVO para que los aprendientes desarrollen capacidades y destrezas al aplicar procedimientos y conceptualizaciones.
Los intereses del colectivo, como las necesidades y propósitos particulares de sus aprendientes deben ser relevantes y fundamentales para el facilitador ya que se genera un clima de confianza y libertad para él y hacia él.
Debatir con el facilitador sobre las problemáticas que se presentan en el desarrollo de aprendizaje, sin temor a burlas o llamados de atención
Generar una filosofía de confianza. Esto permite seguridad en los aprendientes para esclarecer dudas, inquietudes que le reafirmaran su aprendizaje.
Aplicación del principio de igualdad y equidad cuando el facilitador, se hace sentir como uno más de los aprendientes, sin autoritarismo; compartiendo ideas, sentimientos y conocimientos los lleva a tener respeto y admiración.
La motivación continúa del facilitador despertando en sus aprendientes el deseo de cumplir sus propósitos y objetivos e incidirá en el fomento de la responsabilidad.
Acordar las evaluaciones para que sean justas generando así un clima de autoconfianza, autonomía y creatividad.
Generar debates para que el aprendiente sepa QUÉ, COMO y POR QUÉ está aprendiendo, aplicando la técnicas y organización de seminarios, ferias, conferencias, diplomados, concursos, cursos, etc.
Darles la opción de organizar y llevar a cabo el proceso de clases facilitándoles herramientas, técnicas y recursos. Esto motiva y facilita el descubrir y acercarse a un mundo nuevo de aprendizajes significativos.
Fomento de la búsqueda continua y desafío del aprendizaje, a través de la investigación y el metaprendizaje.
CAPITULO V
LINEAMIENTOS PARA LA ORGANIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE INSCRIPCION, ASIGNACION DE CUPOS Y MATRÍCULAS
ARTÍCULO 22: DETERMINACIÓN DE LA OFERTA.
DEFINICIÓN
Es el procedimiento mediante el cual el Rector (a) teniendo en cuenta la infraestructura y número de docentes, calculan el número de cupos que están en capacidad de ofrecer en cada uno de las jornadas, sedes, grados y estrategias flexibles con el fin de proveer y asegurar la continuidad de de los aprendientes matriculados y atender las solicitudes de estudiantes nuevos. Pasos a seguir:
a).Este procedimiento (LA OFERTA) será realizado por la institución (Rector y Consejo Directivo) y el acompañamiento de la UNALDE.
b).Utilizar el formato GEDCO01-F002.Que debe estar debidamente diligenciado, firmado, revisado y verificado por la UNALDE.
c. Aprobado por Secretaria de Educación Distrital
ARTÍCULO 23: PREMATRÍCULA.
DEFINICION
Es el procedimiento por medio del cual se hace la reserva de cupos para estudiantes antiguos y de traslado. Pasos a seguir:
a) La prematricula es responsabilidad de la institución, gestionada por el operador del SIMAT y coordinadores.
b) La institución entrega al padre de familia o acudiente el formato GEDCO01-F003 de prematrícula.
C) El formato GEDCO01-F004 de traslado para su diligenciamiento lo entrega la Rectora en entrevista que realiza con el padre, madre de familia o acudiente, siempre y cuando se tenga el cupo.
ARTÍCULO 24: INSCRIPCION DE ESTUDIANTES NUEVOS
Este proceso se lleva a cabo en la Institución y en la respectiva UNALDE, utilizando el formato “Registro único de inscripción para aprendientes nuevos” previa verificación del ESTADO del estudiante en el SIMAT.Este formato solo aplica para aprendientes nuevos que ingresan por primera vez al Sistema Educativo Oficial.
ARTÍCULO 25: RENOVACION DE MATRICULA DE ESTUDIANTES ANTIGUOS Y DE TRASLADO.
La renovación de matrícula lo realiza la institución con los aprendientes antiguos que diligenciaron la prematricula y con los que solicitaron el traslado y se les aprobó dentro del tiempo establecido para ello registrando en el SIMAT la novedad correspondiente. A cargo de la operadora (or) del SIMAT.
Cumplido el tiempo para este proceso se procede a retirar los aprendientes que no se matricularon; para asignar esos cupos a otros aprendientes que lo hayan solicitado.
Parágrafo 1. Es deber del padre de familia o acudiente realizar la formalización de la matrícula en la Institución en los plazos y fechas definidas, de no hacerlo se entenderá que no está interesado en el cupo asignado; la Institución lo reasignará a otra solicitud. En consecuencia si el menor como resultado de esta omisión no se encuentra escolarizado, los padres asumirán las responsabilidades previstas por la ley (RESOLUCION 1098 del 15 de junio del 2012.)
ARTÍCULO 26: REQUISITOS PARA APRENDIENTES DIVERSOS:
Los padres de familia tienen el deber de presentar al solicitar el cupo, los estudios, pruebas o diagnósticos que a bien se tengan para beneficio del niño(a) o joven y para conocimiento del facilitador.
Entrevista de los padres o acudiente con la Rectora para dar las orientaciones pertinentes de acuerdo a la diversidad presentada.
Conversatorio con el niño (a) o joven y ubicarlo teniendo en cuenta sus necesidades de aprendizaje en las estrategias flexibles de ALFABETIZACION, ACELERACION y otras tipologías que se brindaran a través de convenios con Universidades, ONG y fundaciones a partir de la cobertura.
CUMPLIRÁ LOS REQUISITOS DE IGUAL MANERA QUE LOS OTROS.
ARTÍCULO 27: DOCUMENTOS PARA APRENDIENTES NUEVOS Y DE TRASLADO.
El padre de familia o acudiente autorizado, mayor de edad deberá presentarse en la Institución con el aprendiente y los siguientes documentos:
Registro civil o cédula
Certificado de los grados cursados en años anteriores,
Fotocopia de SISBEN,
Certificado médico con peso y talla, con tipo de sangre y factor Rh
Tres fotos
Carpeta azul con gancho
Un recibo de servicio público
h) Orden de matrícula (Rectora)
i) Certificado de vacunas (solo pre-escolar)
ARTÍCULO 28: PARA APRENDIENTES ANTIGUOS:
El padre de familia o acudiente autorizado, mayor de edad, deberá cumplir con lo siguiente:
Presentarse el día estipulado para la matrícula.
Firmar la matricula
ARTÍCULO 29: RENOVACIÓN DE MATRÍCULA Y SUS REQUISITOS.
Para el proceso de renovación de matrícula el aprendiente deberá cumplir con las siguientes condiciones:
Haber cursado y aprobado el grado que termina
Desear continuar en la institución
En caso de haber reprobado el grado y manifieste su voluntad de continuar en la INSTITUCION.
ARTÍCULO 30: REPRESENTACIÓN LEGAL DEL APRENDIENTE:
El aprendiente estará representado en la Institución por sus padres y/o acudiente mayor de edad con vínculos familiares o de convivencia con el aprendiente. Se consolida esta representación legal de inmediato el padre de familia o acudiente firme la matricula o cumpla el artículo 27 y 29.Se excluyen los aprendientes, de la jornada nocturna por tener mayoría de edad...EXCEPCION: Aprendientes menores de edad que tipifica el Decreto 3011 y otros por fuerza mayor se matriculen en la nocturna, sí deben traer acudientes para legalizar la matrícula.
CAPITULO VI
DERECHOS Y DEBERES DE LOS APRENDIENTES DE LA IERLI
DERECHOS
Un Derecho es la facultad que tiene toda persona de hacer o exigir lo que la Ley o la autoridad establece en su favor. Por lo tanto la IERLI establece dentro su Manual de Convivencia los siguientes DERECHOS:
ARTÍCULO 31. DERECHOS PARA LOS APRENDIENTES:
Ser admitido como un miembro de la comunidad educativa y recibir un tratamiento respetuoso por parte de directivos, facilitadores, compañeros y de la comunidad educativa en general de la IERLI.
Renovar la matricula dentro de las fechas establecidas.
Conocer, la Filosofía Institucional, su nombre, los emblemas y todas las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia conformidad con la ley, la moral, las buenas costumbres y la sana convivencia.
Recibir una educación de calidad, formación e instrucción adecuada, que le garantice una formación integral, de acuerdo con los programas académicos y objetivos institucionales. Esta será obligatoria por parte de la IERLI, en un año de preescolar, nueve de educación básica y dos de la media. La educación será gratuita en la IERLI de acuerdo con los términos establecidos en la Constitución Política.
Obtener el carnet dentro los dos primeros meses de iniciado el año escolar.
Conocer oportunamente la programación académica indicadores de logros de cada nivel y grados para cada área y asignatura, criterios de evaluación de su rendimiento escolar.
Ser atendido y escuchado en un tiempo prudente en sus reclamos cumpliendo el conducto regular e interponiendo los recursos previstos, enmarcados en la veracidad, el respeto por la institución y por las personas vinculadas a esta, y obtener a su vez las respuestas oportunas.
A ser evaluados en los periodos cumpliendo los requisitos indispensables para el buen desempeño a nivel Institucional y las Pruebas del Estado
Conocer el resultado de las evaluaciones dentro de los tres primeros días hábiles anteriores a la fecha de entrega de planillas a Coordinación Académica, para hacer reclamaciones sobres sus resultados académicos y de convivencia al facilitador del área o asignatura.
Obtener la garantía de la recuperación académica con actividades de refuerzo a través de un PLAN DE MEJORA establecido por los facilitadores en las comisiones de evaluación y promoción al finalizar el período.
Acceder a todas las fuentes de información científica que ofrezca la institución para su servicio de biblioteca, salas virtuales, informática, comedor escolar, y otros servicios que se presten a nivel institucional dentro de los horarios establecidos y acceso a la Institución en jornada contraria, para realizar trabajos académicos en la biblioteca.
A recibir en los espacios pedagógicos, las orientaciones académicas y a estar dentro de estos en el cambio de áreas , a excepción de salir a las otras dependencias de la Institución cuando haya una autorización escrita por el facilitador a cargo del grupo en ese momento.
Al descanso y al libre movimiento dentro del patio sin lastimar ni ser lastimado por ningún aprendiente.
Ser aceptado sin distingo de raza, color, sexo, lengua, religión, ideal político, limitaciones físicas o principios filosóficos en la IERLI
Participar activamente en el proceso de formación y en todas las actividades curriculares y extracurriculares programadas que promuevan el carácter académico, científico, cultural, artístico, deportivo o recreativo.
Ser reconocido como grupo (trabajo en equipo) condecorado, homenajeado por sus esfuerzos y dedicación en el avance de los logros y competencias en actividades académicas y de formación en la I ERLI y fuera de ella.
Elegir y ser elegido democráticamente para participar según lo establecido en la ley 115 en lo relacionado con el gobierno escolar.
Ejercer la libertad de expresión de pensamiento y de conciencia con las limitaciones que están consagradas en la Ley.
Ser asistido por el familiar o acudiente que firmó matricula en caso de pactos, acuerdos, conciliaciones disciplinarias o académicas.
Ser protegido y atendido por el ente especializado en caso de violencia, abuso sexual, explotación laboral etc. (LEY1620 DE MARZO 15 2013, Código de la Infancia y de la adolescencia).
Ser reconocido y estimulado por su esfuerzo y dedicación en el avance de logros para su desarrollo personal.
Obtener el TITULO DE BACHILLER ACADEMICO al ser promovido por el SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL.
Garantía al aplicar el debido proceso en todas las actuaciones académicas y disciplinarias en que se encuentren involucrados.
A ser escuchados y tener en cuenta sus opiniones con respeto.
Al esparcimiento, al juego y demás actividades recreativas propias de su ciclo vital y a participar en la vida cultural y las artes. Igualmente, tienen derecho a que se les reconozca, respete, y fomente el conocimiento y la vivencia de la cultura a la que pertenezcan.
A asociarse y reunirse con fines sociales, culturales, deportivos, recreativos, sin más limitación que las que imponen la ley y las buenas costumbres.
Contar con la autorización de los padres o acudientes cuando se tiene de 5 a 12 años de edad para participar en estas actividades.
Garantizar un ambiente escolar respetuoso de la dignidad y los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes y desarrollar programas de formación para la promoción del buen trato.
29 . Atender las necesidades educativas específicas de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad, con capacidades excepcionales y no ser sometido a trato cruel, inhumano o degradante.
Incentivar motivar a los padres de familia o acudientes para que participen en los estamentos que la institución tiene para tal fin.
Recibir orientación necesaria para su formación integral como persona y como ciudadano. Desarrollar sus trabajos académicos en ambientes agradables, de disciplina, orden y sana convivencia
Defender y difundir los derechos humanos como fundamento esencial de la convivencia social pacífica.
Solicitar a las autoridades y consejos institucionales el apoyo y colaboración para mejorar la calidad en el servicio educativo.
Parágrafo 2: Otros derechos, no contemplados en este artículo y que estén enmarcados en la Constitución Política, Ley 1620 marzo2013, Leyes Educativas, Ley de Infancia y Adolescencia y demás normas vigentes relacionadas con la prestación del servicio educativo.
ARTICULO 32. DEBERES DE LOS APRENDIENTES
DEFINICION
Deber es la obligación que afecta a cada persona de actuar según sus principios de la moral, la autoridad o su propia conciencia. El aprendiente de la I.E.R.LI. Tiene los siguientes deberes:
Usar el uniforme en forma adecuada y según el horario establecido, conservando su correcta presentación pulcritud aseo y orden ya sea el de diario o el de educación física. Evitar el uso de accesorios que no hacen parte del uniforme.
Presentar a la Institución todos los documentos exigidos y verídicos al ser admitido en el proceso de matrícula.
Ser matriculado en el tiempo destinado para este proceso por su padre y/o acudiente.
Respetar el nombre, los símbolos de la Institución, símbolos, patrios, cumplir con la Filosofía y reglamentos inmerso en el Manual de Convivencia
Cumplir con sus obligaciones escolares dedicando todo el tiempo y esmero para que en su proceso de formación académica y humanista pueda alcanzar la excelencia
Portar el uniforme pulcramente y presentar al Coordinador la excusa firmada por los padres y/ o acudientes cuando por fuerza mayor asista a la IERLI sin el uniforme correspondiente.
Pedir al iniciar el año escolar a los facilitadores del área, asignatura, o de grupo o a quién corresponda el Plan de área, con sus logros, competencias, etc., y criterios de evaluación.
El aprendiente se abstendrá de realizar delitos y contravenciones enmarcadas en la Ley de Infancia y la Adolescencia, el Código Penal Colombiano, LEY 1620 y las contempladas en el Manual de Convivencia de la Institución.
Derecho a la defensa y al buen nombre. Seguir el conducto regular: facilitador, Director de grupo, Coordinado r(a), COMITE de CONCILIACION, Rectoría ,Comité Escolar de Convivencia, Consejo Directivo, Consejo Académico UNALDE, Secretaria Educación Distrital al presentar la(s) queja, reclamo, sugerencia o solicitud.
Portar permanentemente el carnet estudiantil en lugar visible y presentarlo para tener acceso a todos los servicios que tiene IERLI.
Portar el uniforme pulcramente y presentar al Coordinador la excusa firmada por los padres y/ o acudientes cuando por fuerza mayor asista a la IERLI sin el uniforme correspondiente.
Ser matriculado en el tiempo destinado para este proceso por su padre y/o acudiente.
Respetar el nombre, los símbolos de la Institución, símbolos, patrios, cumplir con la Filosofía y reglamentos inmerso en el Manual de Convivencia
Cumplir con sus obligaciones escolares dedicando todo el tiempo y esmero para que en su proceso de formación académica y humanista pueda alcanzar la excelencia.
Dedicar todos sus esfuerzos y consagración para el logro adecuado de sus competencias académicas y formativas, presentando a tiempo sus trabajos, tareas, proyectos y todos los deberes escolares que contemplen el grado a cursar. De exigir al facilitador del área, a que sea evaluado según los principios y criterios de evaluación de la IERLI, tomando todas las notas exigidas en el sistema de evaluación de la IERLI.
Guardar ( en el PORTAFOLIO) las evaluaciones, los informes académicos y disciplinarios entregados por los facilitadores o Coordinado res(as).en caso de reclamos.
Tener responsabilidad, honestidad al presentar los trabajos y evaluaciones para el reclamo sobre sus resultados académicos y disciplinarios.
Participar activamente en las actividades de mejoramientos académicos y presentar cumplidamente los trabajos a realizar en este proceso.
Utilizar, con esmero y en forma adecuada y racional los servicios de agua, luz, cuidar y mantener en buen estado las sillas, equipos, material didáctico, los recursos tecnológicos, biblioteca, restaurante, kiosco y planta física en general de la IERLl. Asumiendo los daños que pueda ocasionar.
Cumplir el horario de entrada y salida de la Institución estipulado en cada jornada y nivel y a permanecer en el aula de clase durante la jornada escolar.
Permanecer en el aula de clases en el cambio de áreas, a excepción cuando haya una autorización escrita por el docente a cargo del grupo en ese momento
Estar atento al timbre para entrar a clases y reanudar las labores educativas.
Solicitar permiso y presentar la excusa llenando las formalidades y requisitos de la Institución.
Conocer y poner en práctica el respeto por los derechos individuales y colectivos de las personas consagradas en la Constitución Política de Colombia y en el Manual de Convivencia.
Interesarse y motivarse por participar en las actividades académicas, culturales y deportivas que constituyen el programa de su formación integral
Demostrar un comportamiento excelente en los actos de conmemorativos de la Institución y fuera de ella.
Asumir con responsabilidad las funciones del cargo que le sean encomendadas como representante en el Consejo Estudiantil, el Consejo Directivo y Personería.
De no agredir verbalmente , por escrito ,ni gráficamente ofender, calumniar, reñir, usar expresiones soeces que ofendan a las personas y que afecten la paz, la armonía de la comunidad educativa dentro y fuera de la institución.
Estar representado por los padres de familia y/o por un acudiente autorizado, mayor de edad, que reúna las condiciones morales, sociales y económicas que le permitan responder por él ante la comunidad educativa, el cual lo acompañará en caso que se constate el no cumplimiento de las normas de convivencia y legales por parte del aprendiente.
Aprobar y cumplir con los logros y competencias académicas y disciplinarias del grado, prestar el servicio social obligatorio que le impone la ley para optar el título de bachiller.
Mantener un buen desempeño académico cumpliendo con sus deberes escolares, elaborar y participar activamente en proyectos educativos que contribuyan a su desarrollo como persona y de la institución.
Presentar su descargo y reclamos de inmediato cuando sean vulnerados sus derechos, en caso de que no sean aceptados, seguir el conducto regular.
Aprovechar el tiempo libre en forma constructiva y participar con responsabilidad en la vida cívica, política y cultural de su comunidad.
Comportarse en forma apropiada en los lugares y espacios donde esté representando la Institución y se encuentre portando el uniforme IERLISTA.
Respetar mantener buenas relaciones, armonía, espíritu de compañerismo, comprensión, tolerancia y solidaridad con sus condiscípulos, facilitadores directivos, personal administrativo, servicios generales y porteros.
Solicitar a los facilitadores que cumplan las directrices implementadas de orientar y evaluar definidas en el Modelo Pedagógico y en el Sistema de Evaluación, teniendo en cuenta las acciones formativas que se encuentran enmarcadas en el Manual de Convivencia.
Reafirmar y poner en práctica los valores de la IERLI como el compromiso, la responsabilidad, el respeto a las diferencias, la libertad, la equidad, la honestidad, la tolerancia, la solidaridad, la humildad, el amor, el perdón. La pertenencia por la institución y otros valores que representan el perfil del aprendiente.
Hacerse cargo de todas sus pertenencias y demás implementos que ingrese a la institución y responsabilizarse de las mismas en caso de pérdida.
Comunicar y entregar al padre de familia o acudiente las circulares o citaciones de reuniones u otras actividades que generen la presencia de los mismos.
Respetar las observaciones y orientaciones de las personas encargadas de su formación.
Estar provisto de todos los implementos o útiles exigidos por la institución para el desarrollo de las actividades académicas y formativas
Abstenerse de traer objetos que distraigan o causan daño, o molestias a los demás tales como radios grabadoras celulares, mp3-4-5, armas blancas o de fuego, explosivos, juegos, licor, revistas pornográfica objetos de valor o cualquier otro objeto que perturbe la sana convivencia.
Evitar atentar contra el buen nombre, el prestigio, la buena imagen de la Institución, participando en actos colectivos de desorden y de incultura dentro y fuera de la Institución
CAPITULO VII
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LOS
COMITES Y COMPETENCIAS
ARTICULO33.DEFINICION: Son consideradas faltas el no cumplimiento de los acuerdos, diálogos y pactos, de los Deberes y Derechos enmarcados en el Manual de Convivencia .Estas son estipuladas en Leves y Graves. Pueden afectar la Institución, la moral, la integridad física y el libre desarrollo de la personalidad del aprendiente.
ARTÍCULO34. FALTAS LEVES: Se consideran faltas leves las siguientes:
Impuntualidad a clases o demás actos programados.
Portar el uniforme de manera inadecuada y no establecida en este Manual.
Asistir sin el uniforme completo de diario y de educación física, correspondiente al horario establecido por la Institución.
No portar visiblemente el carnet estudiantil.
Desacatar el toque del timbre.
Negarse a asistir a cualquier citación impartida por cualquier Docente o Coordinador.
Incumplir con sus obligaciones diarias.
No presentarse cuando haya sido convocado para representar a la Institución en eventos deportivos, sociales y culturales.
Alterar la paz y el buen desarrollo académico de las actividades escolares dentro del aula de clases y las extracurriculares.
Permanecer en las aulas de clases en los momentos de descanso.
Salirse del aula de clase.
Hacer comentarios, apodos y chistes del mal gusto que afecten a la comunidad educativa.
Copiar de los libros y compañeros las respuestas de las evaluaciones.
No entregar al padre de familia las citaciones emanadas de cualquier ente de la Institución
Parágrafo 2. Y las faltas leves estipuladas en los pactos de aula entre los aprendientes, facilitadores y directivos.
Parágrafo 3. La reiteración de violación de faltas leves pondrá convertirse en faltas graves una vez realizado el debido proceso establecido en este Manual.
ARTÍCULO 35- FALTAS GRAVES. Se consideran faltas Graves a las siguientes:
El consumo o tenencias de drogas alucinógenas, fumar tabaco, cigarrillo bebidas alcohólicas u otras sustancias que causen adicción, en predios del plantel y sus alrededores.
Las relaciones sexuales de cualquier índole dentro del colegio y fuera de este si se utiliza el uniforme o distintivos del plantel.
Agredir amenazar de hecho o de palabra a compañeros, directivos, administrativos o personal adscrito a la Institución.
Llegar o permanecer en el plantel en estado de embriaguez o bajo el efecto de cualquier sustancia psicoactiva.
Alterar o falsificar documentos, firmas, sellos, notas, recibos, constancias, etc. Que sean expedidos o aportados a la institución.
Falsificar la firma del padre de familia y/o acudientes en citaciones, excusas u otros documentos expedidos por ellos.
La destrucción intencional de los enseres, objetos o bienes de la institución.
Salir de la institución sin previa autorización.
No acatar las órdenes y observaciones de carácter institucional impartidas por Directivos Docentes, Docentes, y personas que representan la IERLI negándose a cumplirlas.
Utilizar el nombre de la institución en forma fraudulenta.
Promover actos de indisciplina colectiva, acciones disociadoras que atenten contra la institución o falsear la verdad para causar conflictos.
Portar armas de cualquier clase, explosivos o elementos que atenten contra la vida o la integridad de los miembros de la comunidad educativa.
El hurto en cualquier de sus formas, la extorción o la participación en grupos o pandillas con fines delictivos.
La vinculación o procesos judiciales por la comisión de delitos, siempre que se demuestre su responsabilidad.
Difamar en contra de la institución, sus insignias o los símbolos de la patria.
La mal versación de fondos y bienes de la institución.
El soborno, el chantaje o el encubrimiento de faltas graves.
Inferir daño corporal a cualquier miembro de la institución educativa.
Asistir, con el uniforme escolar, a sitios no recomendables para estudiantes, tales como: cantinas, discotecas, salas de video juegos y otros de dudosa reputación.
Las riñas o peleas dentro y fuera del establecimiento o todo acto y hechos contrarios a las buenas costumbres.
Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, Coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o Varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes. Ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo.(Ley 1620 marzo 2013)
Ciberbullying o ciberacoso forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. (Ley 1620 de 15 marzo 2013).
Parágrafo 4: En caso de detectar en un estudiante el consumo, porte, inducción, distribución de estupefacientes o substancias que produzcan dependencia, se informará a los padres del estudiante y a las autoridades competentes para adoptar las medidas de protección correspondientes (título II, art 44, numeral 7 del c. de infancia y adolescencia) o Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar (Articulo 31 Ley 1620).
ARTICULO 36. DE LAS COMPETENCIAS
DEFINICION
Son las personas e instancias que regulan el manejo del conflicto y toman los correctivos, formaciones, disciplinarias o académicas que amerite la falta del aprendiente.
ARTICULO 37. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE CONCILIACIÓN. El comité de conciliación es por jornada y está conformado por:
El coordinador de la respectiva jornada
Director de grupo donde se encuentre el aprendiente en conflicto
Facilitadores con quien se presentó el conflicto.
Aprendientes en conflictos
Padres de familias o acudientes del o los aprendientes en conflicto
ARTÍCULO 38.funciones del COMITÉ DE CONCILIACIÓN. Son funciones del comité:
a. Formar y orientar con la convicción que el conflicto y el error es una estrategia para hacer pedagogía y llevar al aprendiente a que lo reconozca sin presión, para afianzar valores y concluya las consecuencias y como debe repararlos.
b. Introducir el debate en el aula donde se encuentran los aprendientes en conflicto y aplicar la técnica del debate.
c. Desarrollar las estrategias de negociación en un conflicto.
d. Sistematizar y llevar estadísticas del número de conflictos por periodos de cada jornada.
Seguir el conducto regular (Articulo 43 enciso a, b, c, y d) luego organizar horario B para establecer fechas y cumplir los puntos b y c del artículo 38, según la dificultad del conflicto. Gestiona representante del comité de CONCILIACIÓN.
ARTÍCULO 39. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA
El Comité Escolar de Convivencia es a nivel institucional y estará conformado por:
El rector(a) del establecimiento educativo, quien preside el comité.
El personero estudiantil.
El facilitador con función de orientación.
El coordinador.
El presidente del consejo de padres de familia
El presidente del consejo de aprendientes.
Un (1) facilitador que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Parágrafo 5: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.
Artículo 40. FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA. Son funciones del comité:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre facilitadores y aprendientes, directivos y aprendientes, y entre aprendientes.
2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revisten las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia.
Artículo 41. PROCEDIMIENTOS PARA ACTIVAR LA RUTA DE ATENCION INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA. Remisión a quien corresponda:
a. Se cita al padre de familia o acudiente para que solicite servicio de psicología de su respectiva EPS (Gestiona el facilitador y el coordinador envía oficio con la remisión).
b. Cuando hay indicios de abuso sexual, maltrato , violencia intrafamiliar, abandono e irresponsabilidad por los padres o acudientes enviar acta o remisión a la UNALDE, Policía de Menores, Comisaria de Familia, ICBF, DADIS, Fiscalía para asesoría e intervención (Gestiona el facilitador, coordinador y Rectoría envía oficio con la remisión).
Artículo 42. PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR CORRECTIVOS A LAS FALTAS.
FALTAS LEVES:
Retiro de las actividades escolares por tres días, aplicando acciones correctivas de mejoramiento dentro de la institución. (Gestiona COMITÉ DE CONCILIACION la suspensión la realiza el coordinador)
FALTAS GRAVES:
RETIRO de las actividades escolares por tres días y trabajos a distancia (gestiona Comité Escolar de Convivencia).
Culminación de los estudios a distancia. (Gestiona CONSEJO ACADEMICO Resolución Rectoral aprobado por COSEJO DIRECTIVO
CAPITULO VIII
ACCIONES Y PROCEDIMIENTOS FORMATIVAS
Son aquellas orientadas en la tolerancia y la convivencia de la comunidad educativa de la IERLI
. ARTÍCULO 43.CONDUCTO REGULAR: Al presentarse conflicto entre aprendientes, facilitadores, directivos, administrativos, servicios generales, directivos se debe tener en cuenta el procedimiento o conducto que los guiará a encontrar la solución:
a. Conversatorio entre las (los) implicados con el facilitador
b. Conversatorio entre el facilitador, director de grupo e implicadas(os)
c. Conversatorio entre director de grupo, facilitador, coordinador.
d. Comité de conciliación
e. Comité Escolar de Convivencia (Ley 1620 marzo 20139)
f. Rectora (o)
g. Consejo Académico
h. Consejo Directivo
i. UNALDE
j. Secretaria de Educación Distrital.
ARTÍCULo.44. DEBIDO PROCESO. De acuerdo con los derechos de los aprendientes estipulado en este Manual de convivencia se interpreta como debido proceso el procedimiento que se debe seguir para la formación del aprendiente. Este deberá cumplir las siguientes etapas e instancias:
El aprendiente que haya cometido una(s) falta(s) señaladas en este manual, tendrá la oportunidad de recibir ayudas formativas, las cuales se aplicarán progresivamente así:
Amonestación verbal al aprendiente, y con cortesía pedirá disculpas a quién le cometió la falta.
Amonestación escrita con copia al observador del aprendiente.
Amonestación escrita asistida por los padres de familia.
Amonestación y diálogo con el Comité de Conciliación.
Autoevaluación de mejoramiento de actitudes.
Pactos de matrícula disciplinaria y académica.
Pérdida del derecho a asistir a la ceremonia de graduación.
Parágrafo 6. Garantizar el orden de las etapas, de las acciones formativas.
.Parágrafo7.El Coordinador llevará el registro de todas las faltas graves cometidas y las acciones formativas aplicadas a los aprendientes por los facilitadores, directivos y éstos a su vez informarán al Rector (a).
ARTICULO 45. Cuando la falta implique daños en el bien público de la Institución el aprendiente además del correctivo y acciones formativas está obligado a responder por el valor económico de los mismos. Si es por hurto la Institución fijará el valor de acuerdo al precio cotizado del objeto. EL procedimiento de pago es el siguiente:
a. Citar al padre de familia (coordinador(a)) y comunicar el daño causado por su hijo y el monto del mismo (coordinador, director de grupo y padre de familia).
b. Informar (coordinador (a)) a la profesional universitaria (oficina administrativa y financiera) del caso, para que reciba el dinero, o artículo que entregará el padre de familia o acudiente en la fecha que acordó según el acta firmada. (Entregar copia a la P.U).
c. En caso de no cumplir con el acuerdo se llamará al aprendiente para que dé una explicación al no cumplimiento (P.U).
d. Si persiste la irresponsabilidad del padre de familia, será citado a Rectoría previa información al estudiante que no será recibido, sin la presencia del padre de familia o acudiente. (P.U.PASA INFORME A RECTORIA).
Parágrafo 8.Cada falta debe llevar su seguimiento particular.
ARTÍCULO 46 Prevención .Es la toma de conciencia por parte del aprendiente para que actúe correctamente. En la aplicación de una medida formativa se tendrá en cuenta y será orientada por el Director de grupo, Coordinación.
ARTÍCULO 47. Amonestación: Es el llamado de atención en forma verbal, que se le hace al aprendiente cuando su comportamiento afecta las normas establecidas en el Manual de Convivencia y no afecta en forma grave la Institución. Las amonestaciones pueden ser privada o públicas dependiendo de dónde se haya cometido la falta y será comunicada al Director de Grupo (para todas la faltas).
ARTÍCULO 48.Amonestación verbal .Es el llamado de atención que se le hace al aprendiente y él se compromete verbalmente de no volver a incurrir en la falta. Compromiso moral por parte del aprendiente frente al o los, las facilitadores(as), directivo o cualquier miembro de la comunidad educativa que haya observado el tipo de falta leve. (Para todas las faltas).
ARTICULO49.Amonestación escrita con copia al observador del aprendiente. Por parte de los facilitadores o directivo, si el alumno es reincidente en faltas leves (2, 3, 4, 5, 10,11) UNA VEZ, esa amonestación debe ser firmada por él(a) aprendiente(s). ) Esta amonestación debe llevar implícita la falta cometida relacionada con el deber infringido, el porqué de la falta, versión del aprendiente y compromiso de cambio.
ARTÍCULO 50.Amonestación escrita asistida. Si el o los aprendiente(s), persiste(n) en su comportamiento DOS O MAS FALTAS (1, 6, 7,8, 9, 12, 13,14), la nueva amonestación por escrito debe ser firmada por el aprendiente(s) y acudiente(s) respectivo(s).
En esta parte podrán él facilitador o coordinador considerar la asistencia semanalmente de acudientes para que hagan el seguimiento del comportamiento de sus acudidos.
ARTICULO 51. Amonestación y diálogo con el Comité de Conciliación. Si persiste el aprendiente con sus actitudes fuera de control en el incumplimiento de todas las faltas; tendrá el deber de presentar los trabajos de formación humanística, impartido por un representante del comité de conciliación de la jornada. Se suspende por tres días de acuerdo con la decisión del Comité de Conciliación, dentro de la IE. Gestiona el coordinador, firmarán el acudiente y aprendiente, director de grupo, comité conciliador y coordinador. Los facilitadores de áreas al reintegrarse el aprendiente deberán aplicar las evaluaciones o actividades realizadas en el tiempo que no estuvo presente en el aula.
ARTICULO 52 .La pérdida del derecho a asistir a la ceremonia de graduación. Si la falta fué grave y es decisión del Comité de Convivencia y avalada por el Consejo Directivo. Se cancela el derecho a la asistencia de la ceremonia de graduación a todos aquellos aprendientes que no estén a PAZ Y SALVO con los requisitos que establece la INSTITUCION las LEYES y normas.
ARTICULO 53: PACTO DE MATRICULA ACADÉMICA Y DISCIPLINARIA
DEFINICION
Se denomina PACTO al convenio o tratado solemne, estricto y condicional entre dos o más partes en que se establece una obediencia a cumplir uno o varios acápites establecidos en un contrato formal y en que ambas partes se comprometen a ejecutar ciertas acciones y a recibir retribuciones de la otra parte por su cumplimiento.
Él aprendiente de la IERLI, que presente PACTO DE MATRICULA DISCIPLINARIA POR FALTAS GRAVES, estará sujeto a realizar actividades a DISTANCIA a través de los blogs en la plataforma institucional y la utilización de módulos. Se suspende de clases por 5 días consecutivos con trabajos a distancia por la falta grave cometida que no revista consecuencias hacia los demás(1,3,4,6,7,8,9,13,17,20,21) y es decisión del COMITÉ DE CONVIVENCIA su estudio y análisis teniendo en cuenta los procedimientos de la ruta de atención integral para la convivencia( artículo 41). Cuando la falta es grave e irradia hacia los otros consecuencias(2,5,10,11,12,14,15,16,18,19,21,22)culminará sus estudios a distancia, Decisión del COMITÉ DE CONVIVENCIA, aprobación del CONSEJO ACADEMICO y por Acuerdo del CONSEJO DIRECTIVO. Los estudiantes que cometan faltas graves se suspenderán por tres días, para que las instancias se enteren de los hechos y se reúnan para decidir, los aprendientes tienen el derecho de reclamar ante las instancias (articulo 43 y utilizar los recursos articulo 64).Se tendrá en cuenta la seguridad del estudiante y su vulnerabilidad tomando la decisión según el artículo 56.
Artículo 54: PACTO DE MATRICULA DISCIPLINARIA FALTAS LEVES:
Es un CONVENIO de compromiso disciplinario que se acuerda o concilia con al aprendiente como consecuencia de su resistencia a efectuar los cambios de actitud propuestos por la IERLI. (A partir de este artículo se cumple la sexta etapa del debido proceso y se han agotado 4 procesos anteriores). Toma la decisión el Comité de conciliación, gestiona el coordinador y director de grupo en presencia de los padres. (Formato de pactos).
El aprendiente con PACTO DE MATRICULA DISCÍPLINARIA, permanecerá en esta situación hasta finalizar el año académico y debe cumplir las normas estipuladas en el Manual de Convivencia.
Para renovar su matrícula, debe demostrar el cumplimiento del PACTO a través de un PAZ Y SALVO del coordinador y director de grupo. En caso contrario deberá iniciar un proceso de AUTOEVALUACION DE MEJORAMIENTO DE ACTITUDES (quinta etapa) acompañado de un PAR y un facilitador como “ORIENTADOR DE ACTITUDES POSITIVAS”, durante un periodo escolar. Si su actitud negativa persiste se enviará a casa con remisión a psicología de su respectiva EPS, y TRABAJOS A DISTANCIA, para este procedimiento se debe contar con la presencia de un representante del ICBF o COMISARIA DE FAMILIA. La decisión la tomará el COMITÉ DE CONVIVENCIA.
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Artículo 55: PACTO DE MATRICULA ACADÉMICA.
El aprendiente o X curso que presente un desempeño académico bajo durante el primer periodo se le debe establecer en conjunto con su DIRECTOR DE GRUPO Y FACILITADORES un PLAN DE MEJORAMIENTO, donde se establezcan los logros que no han sido alcanzados para su recuperación, durante el segundo periodo, además debe responder por sus actividades correspondientes al mismo. Si persiste el desempeño bajo se remite a psicología de su respectiva EPS, el representante del aprendiente debe informar sobre la intervención psicológica o recomendaciones dadas por el profesional que lo atiende. Si al concluir el año escolar, continúa la dificultad el aprendiente se matricula con el PACTO DE MATRICULA ACADEMICA, donde se explicitan los compromisos de ambas partes. Decisión que tomará el CONSEJO ACADÉMICO, ya que la matrícula de un repitente aumenta LA REPITENCIA ESCOLAR Y se convierte en un INDICADOR NEGATIVO PARA LA INSTITUCION. Gestiona coordinador, director de grupo y firmaran éstos, además del padre de Familia y aprendiente.
Artículo 56: PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE APRENDIENTE IERLISTA.
Cuando haya culminado el programa de formación formal en cualquiera de sus grados y se traslade a otra institución.
Por acuerdo entre la institución padre de familia o acudiente.
Cancelación de la matricula por parte del acudiente o representante legal del MENOR,
CAPITULO IX
UNIFORME, ESTIMULOS E INCENTIVOS DE ÉL (LAS) APRENDIENTES
ARTÍCULO 57. DEL UNIFORME DE DIARIO
PARA VARONES: pantalón clásico azul oscuro, cinturón negro, camiseta blanca con cuello y escudo estampado, medias y calzado negro. (La camiseta siempre por dentro)
PARA MUJERES: jardinera azul oscuro a la altura de la rodilla (según modelo), camiseta blanca con cuello y escudo estampado, medias blancas y calzado negro. (La jardinera siempre con la cremallera arriba). En caso de usar bincha o cualquier otro accesorio en el cabello, este debe ir acorde a los colores del uniforme.
PARA MUJERES Y VARONES DE LA NOCTURNA:
Jeans azul turquí, camiseta blanca con cuello según el diseño y escudo estampado, medias blancas y zapatos negros.
ARTICULO 58 - DEL UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA:-PARA VARONES Y MUJERES: pantaloneta blanca (mujeres) y bermuda blanca (hombres) de acuerdo con el modelo, camiseta blanca sin cuello y escudo estampado, calzado deportivo blanco y medias blancas.
Parágrafo 9: Cuando se viste el uniforme no se deben portar joyas, gorras, pañoletas, adornos grandes, las uñas deben estar limpias y sin esmalte y no se debe combinar el uniforme de diario con el de educación física.
Parágrafo 10: Está prohibido usar el uniforme fuera de la jornada escolar en sitios públicos o eventos que no estén relacionados con la Institución.
ARTICULO 59. ESTÍMULOS DENTRO DEL AÑO LECTIVO ESCOLAR: Definición: Son estímulos e incentivos los reconocimientos que la institución hace a cualquier miembro de la comunidad educativa, estudiante, directivos, administrativo, docente, padres de familia, o personal de servicios generales y porteros, por sus logros alcanzados, y por los méritos en sus actividades o por sus gestiones.
La I.E.R.L.I, reconocerá y otorgara los siguientes estímulos:
Izada de bandera en acto público, a los estudiantes lideres que estimulan a sus compañeros en el mejoramiento de una o varias áreas académicas, de la presentación personal, puntualidad, disciplina y el trabajo en equipo.
Postulación como candidato a cualquier comité o Gobierno Escolar de la IERLI.
Recibir invitación de un desayuno o almuerzo semestral con los directivos de la IERLI.
A representar la Institución en jornadas culturales, competencias académicas, científicas, deportivas, artísticas, que organice la IERLI y a nivel local con otras Instituciones.
Innovar o gestionar proyectos que conlleven al mejoramiento institucional.
Lideres y cursos que promuevan y demuestren con su actuar el cumplimiento de la MISIÓN INSTITUCIONAL.
ARTÍCULO 60. DE LOS ESTIMULOS AL FINALIZAR EL AÑO ESCOLAR
. 1. Los aprendientes que obtengan los tres primeros puestos en la Institución deben ser condecorados por su excelencia, rendimiento académico, disciplina y responsabilidad.
2. .El aprendiente que obtenga el mejor resultado en las Pruebas Saber ICFES será homenajeado y premiado en la ceremonia de graduación.
Promoción con notas mínimas aquellos estudiantes que perdieron el año, pero que alcanzaron porcentajes altos en las pruebas del ICFES.
Diploma de permanencia y perseverancia a los aprendientes graduantes que hayan cursados todos sus estudios en la IERLI.
Medalla de Rendimiento Académico a los aprendientes de cada grado que obtuvieron el primer puesto.
Diploma de Honor a los aprendientes que se destacaron por su disciplina, por fomentar la solidaridad, el liderazgo, la amistad y la buena convivencia en la Institución.
Diploma de Gestión por pertenecer a los diferentes proyectos que mejoran el ambiente y el clima escolar.
Estudiantes líderes, que hayan promovido en los cuatro períodos la asistencia de los padres de familias en sus respectivos cursos, recibirán premios como: Útiles escolares, uniformes, bolsos, zapatos escolares y algunos otros premios que considere el Consejo Directivo.
Parágrafo: 11.Toda condecoración debe ser anotada en el observador del aprendiente
CAPITULO X
DERECHO A LA DE DEFENSA DEL APRENDIENTE
ARTÍCULO 61 - Todo aprendiente tiene derecho a que se le respete su condición humana, por consiguiente en la IERLI, este derecho es inamovible, nuestros aprendientes serán tratados con respeto y decoro al APLICAR LOS CORRECTIVOS O ACCIONES FORMATIVAS, al no cumplir los acuerdos, pactos estipulados en el Manual de Convivencia.
ARTÍCULO 62-El aprendiente se presumirá inocente hasta no demostrarse lo contrario.
Parágrafo 12. El aprendiente, padre de familia y/o acudiente tendrá derecho a reclamar, a diligenciar recurso de reposición por la sanción de reorientación o disciplinaria ante la instancia que promulgó el correctivo, o de apelación ante su superior inmediato, dentro de los días reglamentados después de haber sido interpuesto el correctivo. El recurso de reposición será resuelto en el término reglamentados a su recibo.
Artículo 63- Ningún aprendiente podrá ser sancionado dos veces por la misma falta cometida.
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ARTÍCULO 64 -Ante las instancias definidas en el artículo 43 el aprendiente tiene derecho a presentar por escrito, en forma respetuosa, oportuna y personal los siguientes recursos:
Recurso de reposición, en el término de tres días hábiles y ante el mismo organismo que aplicó el correctivo, el cual podrá confirmarla, modificarla, aclararla o revocarla.
Recurso de apelación, en el término de tres días hábiles vencido el recurso de reposición.
Para resolver cualquiera de los recursos, la instancia correspondiente contará con diez días hábiles. El comité de Conciliación actuará como vocero ante las instancias que determina el artículo 43 del CONDUCTO REGULAR.
ARTICULO 65 .En cada una de las anteriores instancias, el aprendiente debe:
Escuchar las observaciones que se le hacen en cualquiera de las instancias.
Explicar, aclarar, preguntar o presentar excusas sobre amonestaciones u observaciones que le hicieron.
ARTÍCULO 66.Si el aprendiente no está de acuerdo con las amonestaciones u observaciones, debe:
Comentar a su acudiente y solo en conjunto con este, en primer lugar deben aclarar el hecho con el facilitador con el cual se presentó la dificultad.
Si luego de dialogar, el aprendiente y acudiente consideran que aún no se les ha hecho justicia, deben comunicarse con el director de grupo y presentar las inconformidades, para que les ponga a consideración del coordinador.
Si aun después de haber intervenido el director de grupo, persiste el problema, el aprendiente y acudiente en forma escrita solicitará la intervención del Comité de conciliación, comité de convivencia.
Si persiste el problema debe dirigirse en forma escrita al Consejo Directivo, o Académico quien tomara la decisión pertinente.
Parágrafo 13. El fallo de la Corte Constitucional advirtió que las I.E no están obligados a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias y académicas, pues el deber de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario en respetar el reglamento y las buenas costumbres y a la vez tienen la obligación de mantener las normas de presentación en las I.E así como los horarios de entrada y salida, asistencia y debido comportamiento y respeto por sus FACILITADORES, compañeros y demás miembros de la comunidad educativa.
ARTÍCULO 67 .Todo proceso debe quedar consignado en un acta y en el observador escolar del aprendiente.
CAPITULO XI
DE LA EVALUACIÓN, PROPOSITO DE LA EVALUACION, SISTEMA,
ESCALA DE VALORACION Y CRITERIOS DE PROMOCION DE LOS APRENDIENTES
ARTÍCULO 68 -DEFINICIÓN: La Evaluación es un proceso continuo, dinámico, formativo, integral, cualitativo, acumulativo, sistemático, reflexivo, que permite al FACILITADOR valorar los logros y competencias alcanzadas y no alcanzadas por los aprendientes y al aprendiente le permite conocer sus logros y sus dificultades.
ARTÍCULO 69 -La evaluación de los aprendizajes y la promoción de los aprendientes de los niveles de educación básica y media se encuentran reglamentadas por el Decreto 1290 de 2009, del Ministerio de Educación Nacional.
ARTICULO 70 .PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN.
Se tendrá en cuenta en este proceso los estilos de aprendizajes, los ritmos de desarrollo, así como el saber y el saber hacer, lo cual nos permitirá una mejor práctica de desempeños y validar la MISION Y VISION institucional.
Evaluación Diagnóstica: Proporciona informes sobre los conocimientos previos de los aprendientes y decide el nivel en que hay que desarrollar los nuevos contenidos y las relaciones que deben establecerse entre ellos. Función motivadora
Evaluación Formativa: Su finalidad es orientar el aprendizaje, para que los aprendientes se autorregulen, establezcan sus metas, y apliquen la autoevaluación, coevaluación y la heteroevaluacion, factor esencial en el proceso de enseñanza - aprendizaje de manera eficaz.
Evaluación Sumativa: Su objetivo es conocer y valorar los resultados del nivel de desempeño del aprendiente al finalizar el proceso de aprendizaje.
ARTICULO 71.SISTEMA DE EVALUACIÓN Y ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL En IERLI las evaluaciones tendrán una calificación comprendida entre, uno (1) a cinco (5), siendo, la calificación de tres (3) como desempeño académico básico; la cual es la mínima calificación que todo aprendiente debe tener.
RANGO IERLI
NIVEL DE DESEMPEÑO
4.6 -5,0 Excelente
4.0-4.59 Sobresaliente
3.0 -3.9 Aceptable
1.0 -2.9 Insuficiente Desempeño Superior
Desempeño Alto
Desempeño Básico
Desempeño Bajo
ARTICULO 72.DE LAS CALIFICACIONES Y ENTREGA DE INFORMES
El calendario escolar tiene 40 semanas, divididas en 4(cuatro) periodos de 10 semanas. Cada periodo tiene un valor porcentual del 25% por ciento.
ARTÍCULO 73 - El padre de familia/ o acudiente recibirá 4 informes escritos sobre el desempeño de sus hijo(a) o acudidos, uno al finalizar cada período y un consolidado con el resultado final del desempeño del aprendiente al terminar el año escolar.
ARTÍCULO 74 -El(a) aprendiente para definir el área en el periodo debe tener registrado el 75 % como mínimo de notas o las reglamentadas por el Consejo Académico, y su resultado será la definitiva.
ARTÍCULO 75 Las notas de los(as) aprendientes que se dan semestral deben ser utilizadas nuevamente en los períodos que no hayan sido calificados.
ARTICULO 76. DE LA PROMOCIÓN-CRITERIOS DE PROMOCIÓN .La promoción es el Derecho que tiene el(a) aprendiente de ser promovido a otro grado superior si cumple con su desempeño académico de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Decreto 1290 del 2009
ARTÍCULO 77-CRITERIOS DE PROMOCIÓN LA IERLI, determina los siguientes criterios de evaluación para promocionar a sus aprendientes:
ARTÍCULO: 78- De la Promoción General. Se presenta al finalizar el año escolar, cuando cada aprendiente logra su nivel de desempeño ya sea BASICO, ALTO, SUPERIOR en las áreas y asignaturas y es promovido al grado siguiente.
ARTÍCULO 79. De la promoción anticipada del grado. Se fundamenta en el articulo7° del Decreto 1290. El(a) aprendiente de la IERLI que reprobó, al año siguiente si demuestra excelente desempeño académico y disciplinario es promovido. Igual para aquellos aprendientes que se desenvuelven excelentemente en su primer periodo. Esta decisión es tomada al finalizar el primer periodo por la Comisión de Evaluación y Promoción, PREVIO AVISO O CONSENTIMIENTO de los padres de familia o acudiente. Se presenta Acta de promoción con sus respectivas notas a la secretaría de la Rectoría para que sea avalada por el Consejo Académico. El o la aprendiente no puede ser asignada a ningún curso hasta que no se realice la RESOLUCIÓN o acto administrativo donde se informará al coordinador el procedimiento. Las notas de estos aprendientes deben ser 4.6 o desempeño excelente o superior.
ARTICULO 80. Para la promoción del área el(a) aprehendiente debe tener un mínimo de logros alcanzados, que será el 60% correspondiente al valor numérico de 3, y los que estén por debajo de este porcentaje perderá el área o asignatura.
ARTÍCULO 81. Los(as) aprendientes deben superar el 75% de asistencia durante el calendario escolar para ser promovido al curso siguiente
ARTICULO 82. De los(as) aprendientes que tengan dificultades cognitivas no acentuadas serán promovidos con un 50% de los logros establecidos según la tipología (el PEI debe contemplar metodologías, logros y plan de estudios de acuerdo con la inclusión).
Para obtener el Título de BACHILLER…, el estudiante deberá ser promovido según lo contemplado en el Decreto 1290. Además de cumplir con los requerimientos exigidos por el MEN y la Secretaría de Educación Distrital e institucionales como: el Servicio Social Obligatorio (Ley 115 de 1994 y decreto 1860 de 1994), PAZ Y SALVO de la biblioteca, banda de paz, nivelación de asignaturas y áreas de años anteriores, documentos pendientes, deudas de daños causados en la institución y otros que establezca el Consejo Directivo.
Los casos particulares que no se inscriban en este artículo, su situación será definida por la respectiva Comisión de Evaluación y Promoción quien atendiendo a las directrices consignadas en la Ley o en este Manual, definirá su graduación.
DE LA REPROBACIÓN CRITERIOS DE PROMOCION
ARTÍCULO 83 .Los(as) aprendientes de la IERLI, que presenten o superen el 25% de inasistencias de acuerdo al calendario escolar, en los grados: 1° 2°,4°,6°,8°y 10°, desarrollarán durante las vacaciones de julio y de diciembre un PLAN DE MEJORAMIENTO, entregado por los facilitadores de las diferentes áreas, con un propósito, un alcance, un indicador de mejoramiento, que será evaluado al reiniciar las clases al año siguiente. Este artículo será ampliado por el Consejo Académico y aprobado por el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 84. Los(as) aprendientes de la IERLI, que presenten un desempeño académico bajo en los grados: 3°, 5,7°,9° y 11° en tres o más áreas finalizado el calendario escolar, reprueba el grado que cursa.
ARTÍCULO 85.Los(as) aprendientes con desempeño bajo en dos áreas que hayan realizados las actividades exigidas por el docente y luego la Comisión de Evaluación y Promoción para su mejoramiento establece acciones de mejoramiento y persiste con desempeño bajo en una (1) o dos (2) áreas quedara’ pendiente su legalización hasta el cumplimiento satisfactorio de las actividades académicas durante el primer periodo del año siguiente. En caso de seguir con la dificultad será competencia del Consejo Académico la valoración del caso, previo criterios establecidos. Si por el contrario, su desempeño es básico, alto o superior, en el primer período del año siguiente en las asignaturas o áreas pendientes quedará definida su situación. El coordinador citará a la Comisión para definir las notas de las respectivas áreas y enviar acta a secretaría académica.
ARTÍCULO 86 .Los aprendientes que no cumplan con los logros del grado 11° no se graduarán hasta que los alcancen.
Parágrafo.13. Las reprobación por desempeño académico bajo no debe ser superior al establecido anualmente por decisión de los miembros del consejo académico de la población estudiantil de la IERLI.
Parágrafo 14. Al concluir el año escolar, la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado de la Básica y Media, definirán cuales son los(as) aprendientes que deben repetir el grado atendiendo las directrices emanadas en la Ley y en el Manual de Convivencia.
CAPITULO XII
DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO ACADÉMICO DE LOS
APRENDIENTES
ARTÍCULO 87. Para cumplir con las procesos de seguimientos y mejorar el desempeño académico en los aprendientes, los planes de apoyo académicos se realizaran en forma continua dentro del aula de clases y estos serán personalizados, como también trabajos extra clases de cada área y asignatura. La IERLI para conseguir un mejor desempeño de sus aprendientes se compromete a realizar procesos de seguimiento y evaluación en cada una de las áreas atendiendo estos aspectos a desarrollar:
1 Plan de mejoramiento para el (a) aprendiente (artículo 55)
2 Citación al padre de familia o acudiente.
3 Pacto académico del estudiante, padre o acudiente y docente.
4. Las recomendaciones de orden pedagógico y comportamentales sugeridas por la COMISIÓN DE EVALUACIÓN de la IERLI a seguir con los estudiantes remitidos para su valoración.
5. Recomendaciones de los profesionales de la EPS donde fue remitido el aprendiente para aplicar en las actividades programadas por la institución o en su plan de mejoramiento.
Parágrafo 15.Las Comisiones de Evaluación y Promoción establecidas en la IERLI al finalizar el tercer periodo realizará un plan de trabajo especial con aquellos aprendientes que no hayan alcanzados los logros correspondiente a su gradoy continuan con su desempeño académico bajo.
ARTICULO 88.Comisiones.
PROMOCIÓN ANTICIPADA. Se reúne una vez en el calendario escolar al finalizar el primer período.
Finalizado el primer periodo académico del año en curso.
REPROBACIÓN POR INASISTENCIA. Se reúne dos veces en el año escolar, finalizado el segundo y cuarto periodo académico.
REPROBACIÓN ACADÉMICA: Se reúne una vez en el año escolar una vez finalizado el cuarto periodo académico del año en curso.
PRUEBAS INTERNAS Y EXTERNAS. Se reúne una vez en el año escolar una semana después de haber sido publicados los resultados de las pruebas, en los portales o páginas del Ministerio de Educación Nacional o ICFES .El Comité de pruebas SABER entregará un informe en la semana de evaluación institucional.(Desarrollo Institucional).
ARTÍCULO 89.DE LOS MIEMBROS SIEA (SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION ACADEMICA).EL equipo está conformado institucionalmente así:
Un docente de cada jornada y bloque
UN directivo docente de cada jornada
Un padre de familia de cada bloque
Personero de los estudiantes
Rectora quién lo preside.
Este sistema de evaluación institucional debe estar acorde con el Modelo Pedagógico institucional.
CAPITULO XIII
MECANISMO DE ATENCION PARA RECLAMACIONES ACADEMICAS DE LAS INSTANCIAS
ARTÍCULO 90 -Cuando el(a) aprendiente, el padre de familia y/o acudiente no estén de acuerdo o tengan alguna inconformidad con la promoción de su acudido o con las notas dadas en las evaluaciones el conducto a seguir será el siguiente:
Docente del Área o asignatura
Director de Grupo
Coordinador
Comisión de Evaluación y Promoción
Consejo Académico
Consejo Directivo
Unalde
Secretaria de Educación.
En cualquiera de las instancias las reclamaciones y las respuestas sea cual fuere la decisión deberán realizarse por escrito.
Parágrafo 16. Las dependencias o instancias analizaran las evidencias presentadas por cualquier de los entes anteriormente enunciados y procederán a solucionar según lo amerite el caso, dejando en el Acta la decisión tomada.
ARTICULO 91. DE LAS INSTANCIAS .De los permisos de los (as) aprendientes. Se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
Cuando el aprendiente deje de asistir a sus clases por uno o más días, el padre o acudiente debe enviar una constancia o excusa por escrito o acercarse personalmente ante el director de grupo o el coordinador para justificar el motivo de la inasistencia; la excusa o constancia debe ser enviada el día anterior, el mismo día o el día que el aprendiente retorne al plantel, después de 3 días máximo seguidos de inasistencia. Al reintegrarse a la Institución debe entregar los trabajos y realizar las evaluaciones académicas de grupo. Los trabajos y los temas de evaluación se entregan al acudiente cuando presenta la excusa de inasistencia.
En caso de suspensión de la jornada escolar, por parte del acudiente la excusa debe ser dirigida a Coordinación y este informarle al facilitador y al portero de turno, el aprendiente debe ser retirado por la persona que firma la excusa.
Cuando el estudiante llega retrasado al colegio, deberá presentar excusa oral o escrita, explicando el motivo de su retraso, ante el profesor o el coordinador; este de acuerdo a su criterio, avalara o no la excusa. Después de 3 retrasos, se llamará al padre o acudiente para tomar los correctivos necesarios.
Cuando un aprendiente se presente con el uniforme incompleto e incorrecto, debe justificar el motivo de su conducta para que, a criterio del profesor o el coordinador, se permita o no su entrada a los salones de clases. Más no será devuelto(a) a su casa.
L a institución no se responsabiliza de salidas individuales y en grupo por el fallecimiento de un familiar de compañeros o cualquier otra actividad. En estos casos, si el acudiente se presenta a retirarlo de clases debe escribir un acta firmada por el coordinador, director de grupo y el acudiente.
Ningún estudiante puede ser retirado del plantel sin la autorización del coordinador o rectora (or).
CAPITULO XIV
GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANIZACIONES ESTUDIANTILES DE LA
IERLI
ARTÍCULO 92 -EL GOBIERNO ESCOLAR de la IERLI está reglamentado según la Ley General de Educación 115 del 1994 y conformado por los siguientes estamentos: Consejo Directivo, Rector Consejo Académico. Comités asesores: Equipo de Gestión, Comité de Convivencia, Comité de Calidad, Comité de Comunicación, Comité de Bienestar estudiantil, Consejo estudiantil, Personero, Asociación de padres de familia y Consejo de padres.
ARTÍCULO 93 -PERSONERO DE LOS APRENDIENTES: Será un aprendiente de 11° grado y será el encargado de velar por que no se violen los derechos de los aprendientes consagrados en la Constitución Política ,las Leyes en el Manual de Convivencia, y que a su vez cumplan con sus deberes escolares y de formación personal.
ARTÍCULO 94 -FUNCIONES DEL PERSONERO:
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los aprendientes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los aprendientes;
Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
Parágrafo 17. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia
Artículo 95-DE LOS REQUISITOS PARA ASPIRAR A PERSONERO:
a) Estar cursando grado 11
b) No haber sido sancionado por falta grave ni leve.
c) Cumplidor de sus deberes académicos, disciplinarios y morales
d) Se IERLISTA tres años antes de su postulación.
ARTICULO 96- ELECCIÓN DEL PERSONERO .El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario
Siguientes al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.
Parágrafo: 21 El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de re presentante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.
ARTÍCULO 97.CCONSEJO ESTUDIANTIL. Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los aprendientes. Está conformado por un representante de cada uno de los grados.
Los aprendientes de Preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados para elegir un vocero único entre los aprendientes que cursan el tercer grado.
Estos serán elegidos el mismo día de la elección del Personero cumpliendo con los mismos requisitos para la votación.
ARTICULO 98-FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL DE LA IERLI.
Darse su propia organización interna;
Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorar lo en el cumplimiento de su representación;
Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil,
presentar informes a la comunidad educativa y
las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.
Ser aprendiente de la IERLI tres años antes de su postulación
No haber sido sancionado por falta grave, ni leve.
Cumplidor de sus deberes académicos, disciplinarios y morales contemplados en el Manual de Convivencia
ARTICULO100.FUNCIONES DEL REPRESENTANTE AL CONSEJO DIRECTIVO
a) Estar de acuerdo con el Personero estudiantil sobre los proyectos y estrategias a presentar al Consejo Directivo que conllevarán al mejoramiento de la Institución.
b) Informar al Consejo estudiantil las sugerencias y proyectos presentados al Consejo Directivo.
ARTICULO 101 .De los lideres o monitores de grupo: Son los aprendientes que por su buen desempeño académico y disciplinario, excelentes líderes, le brindan a sus compañeros que presentan dificultades de aprendizajes apoyo para la obtención del logro de sus competencias en sus actividades académicas y disciplinarias, colaboran con los facilitadores y Coordinadores(as) en las actividades culturales, científicas, sociales, deportivas, etc.
Parágrafo 22. El monitor de grupo será elegido por el facilitador del área o asignatura correspondiente, y el monitor de disciplina por el Director de grupo. En la Básica Primaria y Preescolar le corresponderá al director(a) de Grupo.
Artículo 102 .Comités Asesores: Equipo de Gestión , Comités de Convivencia, Comité de Calidad, Comité Pruebas Saber, Comité de Comunicación, Comité de Evaluación, Comité de Proyecto de Vida, Comité 5 S ; cada uno tiene como función primordial alcanzar la excelencia educativa de la Institución.
Artículo 103.Representación de los egresados. El Decreto Reglamentario 1860 del 1994,en el artículo 21 numeral 5,señala que es el Consejo Directivo quién selecciona al representante de los egresados de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto por quién haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo.
CAPITULO XV
DEL COMPORTAMIENTO DE LOS APRENDIENTES EN LOS SERVICIOS ESCOLARES
COMPORTAMIENTO EN AULAS VIRTUALES E INFORMATICA, LABORATORIO, BIBLIOTECA, SALA DE INTERNET, TIENDA O KIOSCO, RESTAURANTE ESCOLAR
ARTÍCULO104.COMPORTAMIENTO PARA ACCEDER A LAS AULAS VIRTUALES E INFORMATICA:
AULA VIRTUAL
Es relevante concientizar a los aprendientes y facilitadores sobre el cuidado y compromiso al utilizar los equipos del aula.
El horario corresponde a las clases programadas. Esta sala esta fuera del alcance de facilitadores en los descansos y para uso extracurricular.
El facilitador responsable de la clase debe autorizar el ingreso de los aprendientes.
Los aprendientes se ubicaran respetando los acuerdos (ANCA) pactados o dialogados. Siendo responsable de los dispositivos del sistema asignado para su uso.
Las mesas, sillas y demás elementos no deben ser rayados y tampoco escritos con grafitis.
A los computadores debe darse uso didáctico, mas no deben ser usados para juegos y trabajos diferentes a esta finalidad.
Al finalizar la actividad revise con esmero como deja el equipo, la silla y el espacio aseado.
Eviten trasladar sin autorización los dispositivos de los computadores. Se lleva inventario y estado de cada elemento.
SALA DE INTERNET
Es un espacio para investigar haciendo uso de la tecnología y forma parte de la biblioteca.
Presentar carnet vigente
Valorar el cuidado de los equipos y el compromiso frente a su uso. De ello depende el funcionamiento permanente de la sala.
El servicio se brinda en jornada contraria.
El uso inadecuado del internet que atente contra los principios y valores institucionales, no es permitido.
Evitar la contaminación limpiando el espacio de chicles en las mesas, grafitis y rayas en los equipos.
Respetar la asignación de la cabina. Si desea retirarse antes de finalizar el tiempo. Informe a la bibliotecaria para ceder el cupo a otro (a).
Se solicita buen comportamiento y uso del tono de la voz moderado.
La bibliotecaria no se hace responsable por la perdida de información. El sistema hace un borrado automático de archivos temporales, cokies y documentos de los equipos.
La información se puede almacenar en cualquier dispositivo CD – RW, CD, USB, uso exclusivo de cada aprendiente.
ARTÍCULO 105.COMPORTAMIENTO EN EL LABORATORIO DE CIENCIAS: El trabajo en el laboratorio requiere de ciertas precauciones en el manejo del material y de sustancias para evitar algún daño, tanto de manera personal como de manera grupal, para asegurar una buena práctica de laboratorio.
Los Profesores que hagan uso del Laboratorio escolar con su grupo deberán hacerse responsables de:
a) Supervisar el buen uso de las instalaciones, el material y las sustancias del laboratorio por parte del alumnado.
b) Respetar el tiempo asignado para cada clase.
Guardar la compostura debida dentro del Laboratorio.
Abstenerse de hacer ruido, maltratar el equipo, agredir a otra persona, introducir animales, alimentos o bebidas.
Ingresar al laboratorio, únicamente con el material indispensable de trabajo.
Reportar inmediatamente sobre algún defecto observado en el equipo, al Profesor de la materia y a la encargada del Laboratorio, de lo contrario se les hace responsable del mismo.
Dejar el área de trabajo limpia y los bancos en su lugar.
ARTÍCULO 106.SERVICIO DE BIBLIOTECA: La biblioteca escolar de la Institución Educativa Republica del Líbano está dotada de material bibliográfico, tecnológico y de ayudas didácticas que permiten desarrollar actividades de enseñanza, estudio e investigación, brindándoles orientación y herramientas para contribuir con la formación educativa integral.
Hablar en voz baja
Solicitar y devolver el material bibliográfico personalmente y dentro del plazo acordado.
Los docentes deben reservar el uso de cualquier área de biblioteca con anticipación y cancelar su reservación en caso de no utilizarla.
Los alumnos que dentro de su jornada y en horas de clase requieran del servicio de la biblioteca deben presentarse con autorización de coordinación de disciplina.
Saber cuál es el objeto de la consulta.
Solicitar en orden y con cortesía la información requerida.
Conservar el material bibliográfico en el estado en que le fue prestado.
Dejar los muebles utilizados limpios y en el lugar que los encontramos.
La biblioteca no es un sitio de castigo es un espacio para el estudio, la investigación, la lectura voluntaria y/o las actividades programadas.
Ingresar sin bolsos, maletas o morrales a la biblioteca.
No consumir alimentos dentro de la biblioteca.
Mantener permanentemente la biblioteca aseada
ARTÍCULO 107.TIENDA O KIOSKO: Es el espacio donde se presenta el servicio para compra de refrigerio poniendo a disposición los productos que mas consuman los aprendientes y facilitadores, administrativos.
Respeto y moderación al solicitar el producto.
Al hacer la fila debe respetarse el turno, evitar empujar al compañero y ofender con palabras vulgares.
Evitar hacer trampa o zancadillas, sea cortes, caballeroso y una excelente dama.
Compre su refrigerio durante el recreo, evite hacerlo después de tocado el timbre.
La ecología es esencial en su forma de vida, aplique el reciclaje, haciendo buen uso de los embaces y envolturas.
ARTÍCULO 108.SERVICIO DE RESTAURANTE: El restaurante escolar cuenta con la asesoría del ICBF y el DADIS, anualmente para el buen funcionamiento y cumplimiento de normas sobre la manipulación de alimentos e higiene.
El restaurante cuenta con un menú diario aportado por el ICBF. Si los alimentos no son de su agrado manifieste porque e informe que no desea comer.
El ingreso al restaurante se hace según orden alfabético por el coordinador o facilitador encargado.
El ingreso al restaurante de grupos numerosos debe ser con acompañamiento del docente.
El aprendiente debe aportar $300 por cada ración de alimentos.
El horario de servicio inicia a las 11:00 am con los aprendientes de pre-escolar y finaliza con los de básica primaria y 5° grado.
Los daños ocasionados debido al mal uso deben correr por cuenta de quienes lo ocasionen.
La rectoría autorizará el servicio extra o para algún estudiante que lo amerite.
Ser tratado con respeto y dignidad.
CAPITULO XVI
DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES
ARTÍCULO109. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES. Para los fines previstos en la presente norma, la expresión “padres de familia” comprende a los padres y madres de familia, así como a los tutores o quienes ejercen la patria potestad o acudientes debidamente autorizados Los principales derechos de los padres de familia en relación con la educación de sus hijos son los siguientes:
Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley.
Recibir información del Estado sobre la IERLI que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo
Conocer con anticipación LAS FECHAS DEL PROCESO DE MATRICULA ANUAL y su PROCEDIMIENTO QUE ESTA CONTEMPLADO EN LOS CAPITULOS V, Artículos del 22 al 30 y CAPITULO VIII Articulos 53 al 56.
Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa.
Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL.
Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos.
Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos.
Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos.
Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos.
Ejercer el derecho de asociación con el propósito de mejorar los procesos educativos, la capacitación de los padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos.
ARTICULO110.DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.
Deberes de los padres de familia. Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponden a los padres de familia los siguientes deberes:
Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria.
Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales.
Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso de educativo.
Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa.
Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes.
Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional.
Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos.
Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.
CAPITULO XVII
ANEXO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA IERLI
ARTICULO111. Al momento de IMPRIMIR el manual de convivencia referido a los ESTUDIANTES, se omitieron los siguientes puntos que al parecer del comité deben quedar señalados y dados a conocer a la comunidad Ierlista y en general. Además quedan pendientes para las posteriores actualizaciones que se le hagan al manual. Estos son:
PARÁGRAFO 1. El himno de la institución la palabra DIOS es remplazada por IERLI.
PARÁGRAFO 2. Los colores del escudo y la bandera de la IERLI se aprecian en la PORTADA del Manual de convivencia.
PARÁGRAFO 3. En el artículo 32 numeral 20 con relación a los deberes. El horario de clases es:
JORNADA DIURNA
PREESCOLAR: 6:45- 12:45pm
PRIMARIA: 6:45-12:45 pm
SECUNDARIA: 6:45-12:45 pm
JORNADA TARDE
PRIMARIA: 12:45-6:45 Pm
SECUNDARIA: 12:45:-6:45 Pm
NOCTURNA: 7:00-10:00 p.m.
PARÁGRAFO 4. De las responsabilidades de la institución:
a). OBJETOS DE VALOR
El Colegio no se responsabiliza por objetos de valor o dinero que pierdan los alumnos en el Colegio. Se ruega a los padres asegurarse que sus hijos(as) no traigan objetos de valor, ni más de la cantidad mínima de dinero que necesiten para el día. En ningún caso deberá dejar dinero u objetos de valor en el salón de clases.
Se prohíbe que traigan o que se use el celular en las horas de clases. Si traen celulares por orden de tipo mayor deberán informar al profesor de la clase de la situación para que dé el permiso respectivo para atender el llamado del celular.
El colegio no se hace responsable por la pérdida de estos aparatos.
b). FUERA DE CLASES
El colegio no se responsabiliza por aquellos jóvenes que debiendo estar en los salones de clases en las horas reglamentarias pasan en el patio sin justificación y fomentando la indisciplina y poniendo en peligro su integridad física. Así mismo por aquellos estudiantes que portando el uniforme no llegan al colegio y están en las afueras y/o se hagan la leva o estén de asueto en un lugar indeterminado sin autorización del acudiente o de los docentes del colegio.
c). INCAPACIDADES MÉDICAS
Si el padre de familia o acudiente, no comunica al docente o al director de grupo con soporte médico que el estudiante aqueja una operación, cirugía, trastorno físico, imposibilidad física que amerite que el estudiante no pueda hacer ningún ejercicio físico, ni pueda correr en el patio durante el descanso o en horas de clases, los docentes, directivos, directivos docentes, administrativos, oficios varios y vigilancia, no serán responsables por cualquier eventualidad de riesgo en contra del menor.
d). DE OTRAS
Lo que no está explícitamente prohibido en este Manual, no significa que está permitido si contradice las normas establecidas en éste.
PARÁGRAFO 5. El articulo 60 numeral 3 queda así:
Promoción con notas mínimas a aquellos estudiantes que perdieron el año, pero que alcanzaron la media según lo establecido por el Sistema Integral de Pruebas (SABER).
Primera impresión 5 de Dic. de 2012
Segunda impresión 18 de junio 2013
y los factores claves de exito wapete
ResponderBorrarEste manual del colegio república del Líbano.
ResponderBorrarNo cumple ni con. El himno del colegio,no le veo seriedad ni en las clases